A través de las manifestaciones pacíficas ejercemos el derecho a la libertad de expresión y exigimos el cumplimiento de los derechos. A través de estos actos se expresa en público, de manera individual o colectiva, y por medios no violentos, la insatisfacción, desacuerdo o indignación con hechos o situaciones que les afecten directamente o perjudiquen el interés público, exigiendo soluciones o cambios en el marco de una sociedad libre y democrática.
Los Estados deben adoptar medidas para promover, mantener y fortalecer el pluralismo, la tolerancia y una actitud abierta con respecto a la disensión en la sociedad, y deben respetar y proteger por igual a los que expresan opiniones divergentes, impopulares o disidentes.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 21 y la Convención Americana sobre Derechos Humanos en su artículo 15, reconocen el derecho de reunión pacífica y sin armas. Señalan que éste derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas en la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos o libertades de los demás.
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