La denuncia es un instrumento indispensable para la exigibilidad de los DDHH.

Mediante la denuncia toda persona puede ejercer su derecho a contar y comunicar actos, hechos o circunstancias por cualquier medio que puedan configurar violaciones de los DDHH, conforme al derecho internacional y a los Tratados Internacionales de DDHH.

Tienen derecho a denunciar, las personas afectadas, los testigos o las personas que puedan ofrecer alguna información relevante y los defensores de DDHH que tengan conocimiento, de acuerdo con la voluntad y el debido resguardo a la integridad y seguridad de las víctimas y sus familiares.

Son denunciables las violaciones de DDHH que resulten de medidas legales, judiciales o ejecutivas del Estado o de sus omisiones, con efectos individuales o colectivos, acotados o generales, coyunturales o estructurales, regresivos o parcialmente perjudiciales para la vida de las personas.

Quienes denuncien deben recibir la protección necesaria ante posibles represalias por haber hecho las denuncias.

Dentro de las responsabilidades de los Estados es una obligación inmediata garantizar acceso a recursos judiciales y mecanismos de protección eficaces, que contemplen procedimientos de denuncia, accesibles, expeditos y confidenciales a todas las personas.

Estas denuncias, aún cuando no sean recibidas formalmente, deben ser investigadas de manera imparcial y eficaz, determinando la naturaleza y circunstancias de los hechos denunciados, así como la identidad de las personas que puedan haber participado.

Los defensores de DDHH también conocen de denuncias, las documentan, las tramitan y las hacen públicas a fin de exigir investigaciones o medidas correctivas a las autoridades competentes, nacionales e internacionales.

La difusión de denuncias tiene un inmenso valor disuasivo para detener o prevenir la repetición de violaciones de los DDHH, si se hace de forma oportuna y se documenta de manera apropiada.