¿En qué consisten los exámenes de tratados de derechos humanos?

Los exámenes en derechos humanos son revisiones periódicas del cumplimiento de las obligaciones contraídas por los Estado en los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, a cargo de Comités de Expertos Independientes de las Naciones Unidas, que monitorean y supervisan su aplicación.

Taller de preparación y redacción de informes alternativos

El Informe del Estado es la base del examen (IE/PIDESC ; IE/PIDCP). Éste debe contener información detallada y actualizada sobre las medidas para garantizar los derechos de los Pactos, luego de los exámenes anteriores, y sobre las recomendadas por el Comité en esa última revisión (OF/PIDESC;OF/PIDCP).

El punto de partida del examen es la Lista de Cuestiones (LC/PIDESC; LC/PIDCP) Esta lista comprende los temas y preguntas que preocupan al Comité a ser discutidas en la sesión de diálogo con el Estado, y que éste conocerá antes para responder a ellas, y a las que haga el Comité para aclarar cuestiones no explicadas de modo satisfactorio.

Al concluir el examen, el Comité presenta un Informe de Observaciones Finales con preocupaciones y recomendaciones a las que dará seguimiento, y fecha del próximo examen. La Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos (OACDH) elabora un Resumen Ejecutivo del diálogo.

Los Informes de la Sociedad Civil –llamados también informes alternativos o sombra- constituyen una fuente de información complementaria a la del Estado desde el conocimiento del terreno y de una perspectiva independiente.

Contribuyen a un entendimiento más amplio y completo de la situación de los derechos humanos en el país, aportan información valiosa sobre el impacto real de las medidas adoptadas por el Estado en la práctica, y ayudan a definir la mejor forma en que las disposiciones y los estándares de los Pactos pueden implementarse de una manera más eficaz.

¿A quiénes se considera parte de la Sociedad Civil?

  1. Los defensores y defensoras de los derechos humanos, incluyendo los ciber-activistas.
  2. Las organizaciones de derechos humanos.
  3. Las coaliciones y redes que defienden derechos de grupos de personas o cuestiones de interés público.
  4. Las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan.
  5. Los grupos comunitarios, los pueblos indígenas, minorías y comunidades rurales.
  6. Los grupos confesionales y las organizaciones basadas en la fe (iglesias y grupos religiosos).
  7. Los sindicatos y los gremios profesionales.
  8. Los movimientos sociales (a favor de la paz, estudiantiles y pro democráticos).
  9. Los profesionales dedicados a la defensa de los derechos humanos.
  10. Los familiares y las asociaciones de víctimas de violaciones de los derechos humanos.
  11. Las escuelas, universidades y organismos de investigación que promueven derechos humanos.

¿Cómo hacer informes alternativos para los exámenes de derechos humanos?

Pasos para la preparación del Informe

  1. Construir alianzas que incluya a activistas, organizaciones, redes y expertos.
  2. Estudiar los Pactos y las Observaciones Generales de los Comités, para identificar los artículos y las disposiciones relacionadas con los temas de interés.
  3. Leer y ubicar los temas en el Informe del Estado, la Lista de Cuestiones y las Observaciones Finales del anterior examen.
  4. Trabajar de manera colaborativa, distribuyendo la redacción de las partes del Informe entre un equipo.

La información aportada por la sociedad civil es esencial, sobre todo cuando los Informes de los Estados no cubren todas las disposiciones de los Pactos; carecen de suficiente información y de datos o no son fieles a la realidad.

Los informe de la sociedad civil pueden cubrir todos los derechos del Pacto (informes exhaustivos) o una parte (informes temáticos). Ayuda a los Comités que los informes se elaboren siguiendo la misma estructura del Pacto (artículo por artículo), para comparar rápidamente la información suministrada por la sociedad civil y la presentada por el Estado.

También es de ayuda que, después de cada análisis por artículo, se agreguen recomendaciones sobre las que se considera el Estado debe concentrar sus esfuerzos para mejorar la situación de los derechos

Estructura de un Informe

Título (con o sin portada).- Informe al Comité____ con motivo del Examen del Informe Periódico del Estado Venezolano para el Período de Sesión  del Pacto, según corresponda, fecha y nombre de las organizaciones autoras (puede incluir logos).

Resumen ejecutivo.- Descripción de principales temas, preocupaciones, conclusiones y recomendaciones que contiene el informe.

Presentación.- Presentación sucinta de las organizaciones que elaboró el informe.

Introducción.- Incluye una breve explicación del contexto del país relevante para los temas y de la metodología de trabajo para elaborar el informe.

Parte sustantiva artículo por artículo.- Es el análisis crítico sobre el sentido, la forma y las consecuencias de las medidas del Estado (legislativas, políticas o prácticas) incluyendo omisiones, de conformidad con los estándares y requisitos de los derechos del Pacto, presentando información específica. Debe hacer referencia a lo dicho u omitido por el Estado.

Recomendaciones después de cada artículo.- Son medidas -o acciones que orienten a medidas- concretas y realistas, cuya adopción permita aplicar en forma adecuada y de manera eficaz las disposiciones del Pacto. Pueden incluir plazos para llevarlas a cabo. También pueden añadirse conclusiones y recomendaciones generales al final del Informe.

Anexos.– Documentación que apoye el informe.

Cuestiones de forma y de contenido

a. Escribir de forma clara y precisa, en un lenguaje respetuoso y acorde con los términos usados en los Pactos y normas internacionales de derechos humanos.

b. Identificar claramente los artículos del Pacto y el número de los párrafos del Informe del Estado a los que se haga referencia.

c. Enumerar cada párrafo de forma continua y limitarse a un extensión de 7 a 30 páginas. Los informes exhaustivos deberían ser más largos y los temáticos, más cortos.

d. Enumerar las páginas y colocar las citas a pié de página.

e. Todos los documentos utilizados en los exámenes son públicos y se pueden encontrar en el Estatus de Reportes de Venezuela.

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¿Cómo aplicar el Enfoque de Género en Informes Alternativos?

El enfoque de género es una perspectiva en la que se toma en cuenta las diferencias y desigualdades existentes entre hombres y mujeres. Implica, por lo tanto, una nueva mirada sobre la realidad, más amplia y completa.

Este enfoque hace visible el modo en que el género puede afectar la vida y las oportunidades de las personas para resolver sus problemas y dificultades. Por ello entonces permite una mayor sensibilidad social, Las relaciones de género se caracterizan típicamente por un acceso desigual al poder o una distribución desigual de éste.

Para aplicar el enfoque de género se necesita:

a. Tener presente el papel que juegan las relaciones jerárquicas entre los sexos.

b. Considerar a las mujeres y a los hombres en su diversidad social y cultural.

c. Plantear los temas de una manera en la pueda expresarse la diversidad y la complejidad de las relaciones.

d. Cuestionar los métodos que tengan sesgos de género y elegir procedimientos que permitan perspectivas diversas.

Un análisis de derechos humanos con enfoque género debe alejarse de las interpretaciones estereotípicas de lo que las mujeres y los hombres deberían hacer y lo que deberían necesitar, para aceptar y apoyar lo que están haciendo y lo que, de hecho, necesitan.

Donde se identifican con mayor claridad la violaciones a los derechos humanos de las mujeres, por relaciones de género:

  1. En la discriminación contra la mujer (laboral, político, económico, etc.).
  2. En la violencia contra la mujer.
  3. En los derechos sexuales y reproductivos

En los derechos humanos no es suficiente tratar a las personas en forma genérica y abstracta, porque ello opaca y reproduce sesgos que no permiten ver cómo determinadas violaciones de derechos se relacionan con la identidad del sujeto y qué respuestas específicas y diferenciadas deben darse para garantizar los derechos violentados en igualdad real de condiciones.

En las últimas décadas creció progresivamente el compromiso de la comunidad internacional con la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres. Gracias al aporte de la teoría feminista ganó relevancia la necesidad de una protección específica de las mujeres, lo que dio fruto a la CEDAW en 1979.

En la actualidad se considera que instrumentos específicos como la CEDAW, no bastan por sí solos para garantizar los derechos de las mujeres y que es necesario integrar el reconocimiento de las diferencias de género en la interpretación y aplicación de todos los tratados de derechos humanos.

De allí nació la expresión “transversalización de la perspectiva de género” que fue calando en las políticas de las Naciones Unidas, junto con un gran número de documentos internacionales centrados en la mujer, con el propósito de superar los estereotipos de género en las normas que rigen la aplicación de los Pactos y Convenciones de Derechos Humanos.

¿Cuándo el abordaje de derechos humanos puede ser estereotipado, sexista o tener sesgos de género?

  • Cuando es androcentrismo. Es decir se adopta un punto de vista parcial masculino que hace del varón y su experiencia la medida de todas las cosas.
  • Cuando se ignora al sexo como socialmente importante en contextos donde esta variable también lo es y explica variaciones. En este abordaje se es insensible al género y se descontextualizan las situaciones, tratando las opciones del otro sexo como hechos y olvidado el sexo al momento de proponer recomendaciones.
  • Cuando se cae en familismo o tratando a la familia como unidad mínima de análisis en casos donde de hecho hay individuos que desarrollan ciertas acciones, tienen determinadas experiencias, sufren o soportan costos o beneficios particulares.
  • Cuando se sobregeneraliza y lo que ocurre con individuos de uno de los sexos, se utiliza para explicar conductas o la situación para ambos.

Recomendaciones para redactar en un lenguaje no sexista

1.Use términos sexuales específicos solamente para propósitos sexuales específicos (usar términos masculinos sólo cuando estamos haciendo referencia a hombres o aspectos referidos a los hombres).

2.Use términos genéricos solamente para propósitos genéricos, cuando efectivamente estemos haciendo referencia a ambos sexos. No usar el masculino como genérico.

3.Dar el mismo trato a hombres y mujeres en el texto (Ej, ciudadanos y ciudadanas, NO USAR: ciudadanos y mujeres),

4.Alterne el orden en el que son colocados los términos femeninos y masculinos en los textos (Ej. En ocasiones decir ciudadanos y ciudadanas y, en otras, ciudadanas y ciudadanos).

5.Recuerde que el género gramatical no siempre hace referencia a un género determinado (Ej. “la víctima”, “el sujeto de estudio”, hacen referencia a hombres y mujeres).

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Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Observaciones Generales y Recomendaciones Generales adoptadas por los Órganos creados en virtud de los Tratados de Derechos Humanos Vol 1

Observaciones Generales y Recomendaciones Generales adoptadas por los Órganos creados en virtud de los Tratados de Derechos Humanos Vol 2

Observación General N° 20_La no discriminación y los Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Observación General N° 21_Derecho de toda persona a participar en la vida cultural

Documentos para Examen 2015

Informe del Estado PIDESC 2012

Lista de Cuestiones PIDESC

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales PIDESC, mayo 2001

Documento Básico Común

Matriz de Temas sobre el PIDESC

Otros informes de insumo

Informe sobre discriminación racial 2013

Informe de CEDAW  2014

Informe de Comité de Derechos del Niño 2014

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Observaciones Generales y Recomendaciones Generales adoptadas por los Órganos creados en virtud de los Tratados de Derechos Humanos Vol 1

Observaciones Generales y Recomendaciones Generales adoptadas por los Órganos creados en virtud de los Tratados de Derechos Humanos Vol 2

Observación General N° 33 Obligaciones de los Estados partes con arreglo al Protocolo Facultativo

Observación General N° 34 Libertad de Opinión y Libertad de Expresión

Documentos para Examen 2015

Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos PIDCP, abril 2001

Informe del Estado PIDCP 2012

Lista de Cuestiones PIDCP

Respuesta del Estado a la Lista de Cuestiones PIDCP

Documento Básico Común

Matriz de Temas sobre el PIDCP

Otros informes de insumo

Informe de actualización octubre 2002: Medidas aplicadas en cárceles

Informe de actualización 2007: Medidas aplicadas para independencia judicial y fin de reestructuración

Informe de actualización 2004: Garantías COPP

Informe de actualización 2003: Ejecuciones y grupos de exterminio

Observaciones Finales Examen Convención contra la Tortura (CAT) 2014

Resumen CAT completo CivilisDDHH