(Caracas, 14.02.2019. Una Ventana a Libertad). Con el propósito de coadyuvar en la defensa y protección de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, Una Ventana a la Libertad (UVL), presentó este jueves 14 de febrero, el informe Anual 2018 sobre la situación de los derechos humanos de los y las personas privadas de libertad en los Centros de Detención Preventiva en Venezuela, en medio de la situación de emergencia humanitaria compleja que vive el país.
El documento da cuenta de la labor de monitoreo del cumplimiento o violación de varios derechos humanos seleccionados como fundamentales, para personas privadas de libertad en 174 CDP – 88% de tipo civil y 12% de tipo militar-, ubicados en la Gran Caracas y los estados Anzoátegui, Aragua, Bolívar, Carabobo, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Monagas, Nueva Esparta, Táchira, Vargas y Zulia. El informe deja constancia de las múltiples y agravadas situaciones que se constituyen en violación de derechos humanos no sólo de las 16.719 personas detenidas, sino de sus familiares y allegados, por extensión.
Combinando información de tipo cuantitativa y cualitativa, el balance del 2018 presentado por UVL abarca cuatro dimensiones: Infraestructura y demografía; Institucional; DDHH a la vida, libertad e integridad personal de las personas detenidas en los CDP; DDHH a la salud, alimentación e higiene de las personas detenidas en los CDP.
Dimensión infraestructura y demografía
Para el momento del trabajo de campo se contabilizaron en los centros monitoreados por UVL 16719 personas detenidas con una capacidad instalada para unas 5332 personas, lo cual indica una tasa de hacinamiento promedio de 314%. Si se compara la tasa de hacinamiento promedio, a nivel nacional, calculada por Una Ventana a la Libertad en el informe correspondiente al I semestre de 2018, respecto a este informe anual 2018, se aprecia un incremento de 271% a 314%, 43 puntos más. Los estados que presentan las mayores tasas de hacinamientos en sus CDP son Falcón con un 853%, Anzoátegui con un 661% y Zulia con el 484%.
La precaria infraestructura que hoy está sirviendo de asiento a los 174 CDP monitoreados durante el año 2018, que albergan un 92% de hombres y un 8% de mujeres, la dibujan los siguientes datos: El 49% no cuenta con servicio de agua potable; el 33% no cuenta con servicio de recolección de basura; el 100% no cuenta con área y servicio médico; el 98% no cuenta con comedor; el 33% no cuenta con baños, duchas, iluminación; el 100% no cuenta con servicio de lavandería; el 95% no cuenta con áreas recreativas/deportivas; el 77% no cuenta con áreas de visita; el 73% no cuenta con áreas para mujeres detenidas; el 99% no cuenta con áreas especiales para la población LGBTIQ; el 100% carece de consideraciones en caso de alguna discapacidad; el 99% no cuenta con áreas especiales para adolescentes.
El equipo de investigación de UVL logró detectar a 425 personas detenidas de nacionalidad extranjera. Sobre el estatus legal de todos los detenidos, el estudio indica que es complejo obtener la data pues las autoridades se manejan con mucha reserva al respecto. Los investigadores pudieron conocer 1132 casos de personas ya sentenciadas, 7% del total de detenidos para el momento del trabajo de campo, que no habían sido trasladas a centros penitenciarios y unos 7730 procesados (46%). Del resto no fue posible confirmar información.
No ha habido inversiones ni ejecución de una política pública avocada ni a mejorar las condiciones de reclusión en estos calabozos, ni a crear centros para procesados judiciales. De hecho, podemos señalar que ocurrieron 70 fugas durante este año, de las cuales se evadieron 470 detenidos, posteriormente, pudieron ser recapturados 105 evadidos, es decir, apenas el 22%.
Dimensión institucional
En la mayoría de los CDP monitoreados, las normas de funcionamiento oficial dependen del cuerpo de seguridad que lo rige: policías municipales, estadales o nacional, Cicpc, GNB, Sebin, Dgcim. No existe ningún reglamento preestablecido o por escrito en ningún comando o sede policial.
“Las principales normas que actualmente están en funcionamiento y hacen cumplir las autoridades, siempre en tensión con los reclusos, son las aplicadas a las visitas de los familiares de los detenidos en lo relativo a quiénes pueden entrar, en cuáles horarios, durante cuánto tiempo, en cuál lugar, qué atuendo les es permitido llevar, así como, pases y requisas para el ingreso de insumos como alimentos, agua, medicinas, vestido, productos de higiene, enseres para dormir, etc…
En esta dimensión quedó claro que los oficiales abandonan su trabajo de calle, de investigación o patrullaje para cuidar detenidos en los abarrotados calabozos de los CDP y lo hacen sin haber recibido mínima formación, entrenamiento o talleres previos para el manejo o cuidado de un reo. El Ministerio para el Servicio Penitenciario desconociendo sus atribuciones en la materia hace visitas esporádicas, no para evaluar o apoyar a los funcionarios policiales, si no para escoger al recluso que se llevará a los penales “con régimen”, indica el documento.
En la dimensión DDHH a la vida, libertad e integridad personal
En total se registraron 305 muertes, muchas de las cuales pudieron ser evitadas si no existiesen índices tan altos de hacinamiento y unos niveles de violencia, que no han sido controlados. Además del registro de los 105 fallecidos en motines como la primera causa de muerte violenta en los CDP, aparecen otras causas de muerte violenta como las riñas entre reclusos -30 fallecidos-, las muertes producidas por intento de fuga -10 fallecidos-, las muertes por enfrentamiento durante la recaptura – 20 fallecidos-, además de dos muertes por suicidio y cuatro por causas desconocidas.
La tuberculosis es la responsable del 38% de las muertes en los CDP monitoreados por UVL y es consecuencia directa del hacinamiento en el cual se encuentran los reclusos. De las 117 muertes a causa de esta enfermedad, el 71% se produjo en el segundo semestre del año, siendo los estados Zulia y Lara los que registraron la mayor tasa de mortalidad a causa de esta enfermedad
En el 32% de los CDP monitoreados, los familiares de los reclusos, reportaron el uso de medidas disciplinarias que incluyen suspensión de las visitas, suspensión de la entrada de alimentos, golpes, palizas, sometimiento por “pranes” con autorización de los custodios y torturas.
En la dimensión DDHH a la salud, alimentación e higiene
Quedó claro el Estado venezolano vulnera el derecho a la alimentación de los detenidos, al no suministrarles alimentos. De ninguna manera se ofrece de manera oportuna, ni servicios ni atención médica a las personas recluidas en los CDP. Casi siempre se actúa cuando ya la situación es límite.
Las familias de los reclusos están siendo severamente castigadas en los hechos, prácticamente penadas, pues ante el derrumbamiento institucional, deben asumir unas cargas que les exceden, intentando suplir fallas estructurales y que se aprecian en esfuerzos como los de llevar hasta el agua potable, para diversos usos, a sus familiares privados de libertad.
A modo de reflexión
Este informe anual 2018 se enmarca en una historia de fracasos acumulados en la gerencia del sistema penitenciario en Venezuela, agravada por la Emergencia Humanitaria Compleja que vive el país que afecta con mayor voracidad a los grupos más vulnerables, entre los que se encuentran los privados de libertad. Urge invertir en el área y diseñar, ejecutar y supervisar, a nivel nacional, acciones dirigidas a descongestionar los CDP, las cuales respondan a principios de protección a los derechos humanos contemplados en instrumentos jurídicos nacionales e internacionales. Apoyarse en la cooperación y asistencia técnica que sea necesaria al respecto.
Una Ventana a la Libertad invita al debate en este tema proponiendo algunas reflexiones propositivas, dirigidas a las autoridades con competencia en materia carcelaria y a la sociedad en general, como una contribución desde la sociedad civil organizada comprometida con la defensa, vigencia y revitalización de la democracia y el estado de Derecho en Venezuela.
Descarga informe completo aquí