(Caracas, 01.05.2020). El 24 de Febrero del año 2016 el ejecutivo nacional decretó la Zona Estratégica de Desarrollo Arco Minero del Orinoco (Decreto 2.248), en el cual se dedica una enorme área (111.843,70 km2, 12,2% del territorio venezolano) para el estímulo de las actividades asociadas a los recursos minerales que posee el país en esta región. Con la promulgación de este decreto y de otros decretos emitidos previa o posteriormente, se sentaron las bases para la legalización de una dinámica de extracción de minerales en Venezuela, que combina el marco jurídico/institucional para la implementación de la megaminería (grandes proyectos con apertura a inversiones extranjeras directas), con la instauración de un orden, penetrado con lo paroestatal, que controla la minería a pequeña y mediana escala.

El Arco Minero del Orinoco (A.M.O) constituye actualmente no solo un proyecto económico de desarrollo minero, sino una terrible situación socio-ambiental de enormes proporciones que pone a riesgo la viabilidad e integridad del propio país. El A.M.O ha potenciado el incremento de la extracción minera informal e irregular en los estados Bolívar y Amazonas, expandiéndose más allá de la poligonal que establece originalmente el decreto de su creación, abarcando en diversos focos, una parte considerable del territorio ubicado al sur del Orinoco.

Descargar informe completo aquí