(Caracas, 01.07.2021).Desde 2016, diversos organismos internacionales han expuesto su preocupación por el continuo y severo deterioro de la situación de derechos humanos en Venezuela, la cual se manifiesta en el socavamiento profundo del Estado de Derecho y la desestructuración de las instituciones democráticas, así como en una Emergencia Humanitaria Compleja a escala nacional y de carácter multidimensional, con graves impactos en la privación masiva de niveles mínimos adecuados de vida para la mayoría de la población. Una característica determinante de esta situación es la crisis política que, durante largos años, ha provocado la inexistencia de poderes públicos independientes e imparciales, afectando en particular al Poder Judicial, Poder Legislativo y Poder Electoral.
El 3 de octubre de 2018, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas adoptó la resolución A/HRC/RES/39/1 en la cual “Solicit[ó] a la Alta Comisionada que prepare un informe exhaustivo por escrito sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela …. y que present[e] oralmente al Consejo, en sus períodos de sesiones 40o y 42o, información actualizada sobre la situación de los derechos humanos”. En fecha 4 de julio de 2019, Michelle Bachelet, en su calidad de Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) emitió el Informe A/HRC/41/18 donde presentó al Estado venezolano veintitrés recomendaciones referidas a violaciones en materia de: a) Detenciones Arbitrarias, b) Tortura y Ejecuciones, c) DESCA, d) Mujeres, e) persecución, f) Indígenas, g) Justicia, h) Privado libertad, i) OSC – Defensores, j) Libertad de expresión.
Seguidamente, los días 14 y 20 de septiembre de 2020, la ACNUDH presentó dos actualizaciones orales sobre la situación de derechos humanos en el país, y el 17 de septiembre de 2020 hizo público un segundo informe sobre la independencia del sistema de justicia y acceso a la justicia, incluyendo violaciones a los derechos económicos y sociales, y situación de los derechos humanos en la región del Arco Minero del Orinoco, seguido de un tercer informe referido a denuncias de posibles violaciones de los derechos a la vida, la libertad y la integridad física. En el primer trimestre del 2021, la ACNUDH realizó una tercera actualización oral de seguimiento, mencionando nuevos elementos sobre violaciones de derechos humanos y reafirmando las violaciones que continúan ocurriendo.
Los resultados del trabajo de investigación de la ACNUDH, reafirmaron lo que ha venido documentando y exponiendo la sociedad civil venezolana y diversos organismos internacionales: una crisis multidimensional sin precedentes y caracterizada como una emergencia humanitaria compleja por ser consecuencia de una estructura de violación pluri comprensiva de derechos humanos a gran escala en Venezuela1, como producto de la ausencia de Estado de Derecho, la privación masiva de derechos económicos y sociales y el desmantelamiento de las instituciones democráticas.
Al respecto, el presente informe tiene como objetivo evaluar el cumplimiento de las recomendaciones solicitadas por la ACNUDH en sus informes al Estado venezolano para mejorar la situación de los derechos humanos, con base en los datos y experiencias que la propia ACNUDH ha constatado en terreno y la documentación que aportan otros organismos internacionales y las organizaciones de sociedad civil.
En el Informe de la ACNUDH sobre la situación de los derechos humanos en la República
Bolivariana de Venezuela de fecha 4 de julio de 2019, se hizo referencia a la crisis de
independencia de poderes que existe en Venezuela, por lo que se recomendó al Estado lo
siguiente:
(c) Lleve a cabo investigaciones prontas, efectivas, exhaustivas, independientes, imparciales y transparentes de las violaciones de los derechos humanos, incluidas las muertes de indígenas, y lleve a los responsables ante la justicia;
(j) Adopte medidas efectivas para restablecer la independencia del sistema judicial y garantizar la imparcialidad de la Fiscalía General y del Defensor del Pueblo;
(k) Garantice el derecho de las víctimas a interponer recursos y obtener reparaciones con un enfoque sensible al género, así como su protección contra la intimidación y las represalias;
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