(Caracas, 16.03.2020. Amnistía Internacional). Todos los gobiernos y demás actores relacionados con el brote de COVID-19 y afectados por él deben garantizar que el derecho y las normas internacionales de derechos humanos son parte esencial de todas las respuestas que se den a la enfermedad, a fin de proteger la salud pública de la mejor manera posible y ayudar a las personas más expuestas a sufrir consecuencias adversas. En este documento:1) se examinan los motivos de preocupación y las dificultades que suelen surgir cuando los Estados responden a epidemias —atendiendo específicamente a la reacción de los Estados frente a la COVID-19— en las distintas fases de la respuesta y 2) se resumen las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos y las principales leyes, normas y principios de derechos humanos que dichas respuestas deben cumplir. Se abordan en él las cuestiones de derechos humanos que se plantean cuando los Estados imponen medidas preventivas para proteger la salud pública —como cuarentenas y prohibiciones de viaje—, así como la obligación de los Estados de garantizar el acceso a atención preventiva, bienes y servicios, proporcionar atención accesible y asequible, garantizar la seguridad social y los derechos laborales, impedir el estigma y la discriminación y proteger a los trabajadores y trabajadoras de la salud. Se examinan además las obligaciones de los Estados en lo que respecta a prestar cooperación y asistencia internacionales y facilitar la recuperación y el seguimiento a largo plazo.

En el momento de la publicación de este documento se habían confirmado 113.702 casos de COVID-19 y más de 4.000 muertes en más de 100 países de todos los continentes habitados.1 La OMS había declarado pandemia la enfermedad.2 Son momentos difíciles para los países que intentan responder a la propagación del virus, para los actores intergubernamentales y no gubernamentales que apoyan sus iniciativas y, sobre todo, para las personas y los trabajadores y trabajadoras de la salud de los países afectados que se han visto expuestos a la COVID-19 o corren riesgo de exposición a ella.

Los derechos humanos deben ser desde el principio parte esencial de todas las iniciativas de prevención, preparación, contención y tratamiento, a fin de proteger de la mejor manera posible la salud pública y ayudar a quienes más riesgo corren. Sin embargo, muchas de las medidas adoptadas para contener la propagación de la COVID-19 parecen haberse propuesto y aplicado sin tener plenamente en cuenta las consecuencias potenciales para el disfrute de todos los derechos humanos por todas las personas, con independencia de que estén infectadas, corran riesgo o sean simplemente parte de la población en general. Entre las obligaciones de los Estados figura la de garantizar los derechos económicos, sociales y culturales, de acuerdo con el principio de interdependencia e indivisibilidad de los derechos humanos. El respeto pleno de los derechos humanos es esencial en todas las etapas de la crisis y no debe ser considerado un lujo que sólo quepa permitirse una vez minimizada la amenaza para la salud pública. Las personas afectadas por una situación de emergencia pública, incluidas las desplazadas como consecuencia de los acontecimientos, siguen teniendo derecho a la protección plena y efectiva del derecho internacional de los derechos h umanos. En concreto, las infectadas o potencialmente expuestas no pierden los derechos de la población en general.

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