(Caracas, 07.02.2023. FENASOPADRE). La Federación Nacional de Sociedades de Padres y  Representantes -FENASOPADRES- denuncia la reiterada violación al Derecho a la Libre Asociación y Participación de los estudiantes de Educación Media con la aprobación por la Asamblea Nacional de la llamada Ley de Participación Estudiantil en el Subsistema de Educación Básica.

Desde la Exposición de Motivos falsea la historia del movimiento estudiantil, medio y universitario, obviando hechos como el Decreto de la Asamblea Constituyente de 1947, que declaró el 12 de febrero como Día de la Juventud venezolana, así como la gesta pionera contra la dictadura de Cipriano Castro, cómo lo fue el Liceo de Ciencias Políticas en la UCV, en firme respuesta por el cierre de las universidades del Zulia y Carabobo en 1906 y que dio origen a la Federación de Estudiantes de Venezuela en 1909 y de dónde surgió la Generación de 1928, cuyos dirigentes contribuyeron al nacimiento de la Democracia en 1947.

Desconoce la Federación de Estudiantes de Educación Media, primera organización que se dieron libremente los liceistas de Venezuela, organización que luchó contra la dictadura de Marcos Pérez Jiménez y posteriormente, en democracia, por las reivindicaciones estudiantiles. Porque quienes lideraron las luchas liceistas y universitarias, ayer y hoy se opusieron y oponen a los atropellos y el abandono que padecen nuestras escuelas, liceos y universidades. Se evidencia la falsa afirmación que la OBE sea la “primera organización estudiantil de secundaria” LA FEVEM surge de una iniciativa gubernamental y no del ejercicio de los derechos humanos a la libre asociación, participación y manifestación pacífica, La imposición de asociarse, participar y manifestar de acuerdo con lineamientos impuestos desde el Estado, es una clara violación a estos derechos fundamentales.Ocultar y falsear la historia nacional para acomodarla a la historia oficial es otro intento por imponer el pensamiento único en nuestros jóvenes. Señala esta Ley que “no implica afectaciones presupuestarias, pues fundamentalmente de carácter conceptual y organizativo”. Sin embargo, la creación de instancias organizativas y eventos contemplados en ella, así como las actuaciones de los órganos del ente ministerial y sus dependencia estadales y municipales, desdicen de esta afirmación.

Viola abiertamente el Derecho a la Libre Asociación y Participación al establecer como derecho una forma de organización -consejos estudiantiles- por encima de cualquier forma de organización del movimiento estudiantil, obligando al estudiantado de educación media a alinearse en torno a organizaciones promovidas desde el gobierno nacional con una clara inclinación al partido de gobierno, en desacato al pluralismo democrático que garantiza el artículo 2 de nuestra Constitución.El derecho a participar es un derecho humano, y en tanto que derecho, es de libre ejercicio. Convertirlo en un deber obedece a una intencionalidad de obligar a participar de acuerdo con intereses no definidos por el estudiantado de educación media y en formas organizativas tampoco creadas por éste.A lo largo de todo el texto de esta Ley queda establecido como eje transversal la vigilancia y control de los estudiantes a través de las instancias de organización y supervisión por parte del MPPE. El Estado tiene como deber ineludible, sin trasladar su responsabilidad a la familia o a la sociedad, garantizar el disfrute pleno de los DDHH, en este caso el derecho a la libre participación.El interés de los estudiantes debe prevalecer para crear asociaciones, siempre relacionadas con el ámbito escolar, dada su condición de estudiantes. Cualquier otro tipo de asociación fuera del ámbito escolar. Por su minoridad el estudiante de educación media no tiene potestad para crear ni registrar personas jurídicas. El representante legal del estudiante es su padre, madre o tutor que ejerce la patria potestad, por lo que ningún tercero tiene competencia para representar al estudiante menor de edad. Se evidencia la imposición de una forma organizativa, desde el Estado, no decidida autónoma ni libremente por los estudiantes. La organización es creada por el Estado para fines definidos por el Estado, no por los estudiantes.En esta Ley es el Estado, quien define los espacios de acción de los estudiantes. El Estado crea el Congreso Nacional de Estudiantes de Educación Media como “una instancia superior de encuentro de las y los estudiantes pertenecientes a los institutos … del subsistema de educación básica para la deliberación y decisiones, donde se discutirán anualmente las líneas estratégicas y la acción programática. Sus integrantes serán electas y electos, de conformidad con el reglamento interno”.

Está Ley tiene por objetivo central el control político y social del estudiantado de educación media e indirectamente de la familia venezolana, por lo que exhortamos a estudiantes, padres y representantes a rechazar está norma inconstitucional que violenta los principios democráticos y los valores fundamentales de nuestros hijos y familias.

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