El dirigente opositor permanece detenido en la sede del Sebin, en El Helicoide, desde hace casi once meses, a pesar de que el tribunal de la causa expidió boleta de excarcelación el 20 de octubre de 2016

(Caracas, 20/07/2017. Proiuris) La Organización de las Naciones Unidas solicitó al Estado venezolano la inmediata liberación del dirigente de Voluntad Popular, Yon Goicoechea, luego de determinar que su detención fue arbitraria, informó su abogado defensor Nizar El Fakih.

El pronunciamiento corresponde a la Resolución 18/2017 emitida durante el 78° período de sesiones del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria del Consejo de Derechos Humanos de la ONU y fue notificada a la defensa de Goicoechea el 14 de julio. El organismo determinó que en este caso se han violado los artículos 9 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, y los artículos 9 y 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. La decisi´po señala expresamente que «el remedio adecuado sería ponerlo inmediatamente en libertad» y  «concederle el derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación de conformidad con el derecho internacional».

El caso de Goicoechea fue denunciado ante Naciones Unidas el 6 de septiembre de 2016. El líder opositor fue aprehendido irregularmente  el 29 de agosto del año pasado, cuando salía de su domicilio en la ciudad de Caracas. Fue sometido a incomunicación por más de 56 horas, lo cual fue calificado por su defensa como una desaparición forzosa temporal.

El Fakih recordó que la detención se llevó a cabo sin la existencia de una orden judicial previa, lo cual constituye una violación al debido proceso en los términos consagrados en el artículo 44 de la Constitución.

El defensor insistió en señalar que el encarcelamiento de Goicoechea no tiene justificación alguna: “No existían fundamentos jurídicos para su detención. Y lo más grave es que el tribunal de la causa ordenó su liberación el 20 de octubre de 2016, pero la policía política, dependiente del Poder Ejecutivo, se niega a acatar la decisión judicial”.

El Fakih advirtió que las resoluciones del Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria tienen carácter vinculante, es decir son de obligatorio acatamiento por parte del Estado venezolano, en vista de que es parte de la ONU y ha suscrito y ratificado los instrumentos internacionales que fundamentan su intervención en este tipo de casos.

Agregó que si el Estado desacata el dictamen, tendría que responder internacionalmente por la violación de los derechos humanos de Goicoechea: “Y en la medida en que persista la detención arbitraria y aumenten los daños se elevará la dimensión de las reparaciones que el Estado estará obligado a hacer”.