(Ginebra, 06.10.2020. Naciones Unidas). La resolución reitera que el Estado venezolano es el primordial responsable de respetar, proteger y hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales. Al mismo tiempo, reitera que todos los derechos humanos son universales e indivisibles, están relacionados entre sí, son interdependientes y se refuerzan mutuamente, y que deben tratarse de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dando a todos el mismo peso.

La resolución recuerda que que el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos tiene el mandato de promover y proteger el goce efectivo, por todas las personas, de todos los derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales y de desempeñar un papel activo en la tarea de eliminar los actuales obstáculos y hacer frente a los desafíos para la plena realización de todos los derechos humanos y prevenir la persistencia de violaciones de los derechos humanos en todo el mundo.

Tomando nota de los progresos realizados por la República Bolivariana de Venezuela en lo que respecta a la expedición de invitaciones a diversos procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos para que visiten el país,

1. Toma nota de los informes más recientes de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, que abarcan el período comprendido entre junio de 2019 y mayo de 20201 , así como de otros informes de los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos y los órganos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados;

2. Exhorta al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a que aplique las recomendaciones recogidas en los informes de la Alta Comisionada presentados al Consejo de Derechos Humanos en sus períodos de sesiones 41º y 44º2 ;

3. Celebra el establecimiento de una presencia permanente de la Oficina del Alto Comisionado en la República Bolivariana de Venezuela en los términos establecidos en el memorando de entendimiento firmado el 20 de septiembre de 2019 y renovado el 14 de septiembre de 2020, incluido el acceso ilimitado concedido por el Gobierno a todas las regiones y centros de detención, y el fortalecimiento del sistema judicial y los mecanismos institucionales para la protección de los derechos humanos de la República Bolivariana de Venezuela;

4. Exhorta a las autoridades venezolanas a que cooperen con los procedimientos especiales y los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos en el desempeño de sus respectivos mandatos, cursen una invitación a los titulares de mandatos, según lo acordado con la Oficina del Alto Comisionado, y velen por que todas las personas puedan comunicarse con las Naciones Unidas sin temor a represalias, actos de intimidación o agresiones;

5. Alienta a la República Bolivariana de Venezuela a que curse una invitación a un tercer titular de mandato de procedimiento especial en 2020, a fin de cumplir el calendario de diez visitas en dos años acordado durante la visita de la Alta Comisionada en junio de 2019;

6. Observa los esfuerzos de la República Bolivariana de Venezuela por aplicar las recomendaciones aceptadas durante el segundo ciclo del examen periódico universal, y alienta al Estado a que siga colaborando con el mecanismo;

7. Recuerda el Plan de Respuesta Humanitaria de las Naciones Unidas para la República Bolivariana de Venezuela presentado en agosto de 2019, y alienta a que, con el acuerdo del Gobierno de Venezuela, se permita la puesta en marcha de una respuesta encabezada por las Naciones Unidas a la situación humanitaria, posibilitando el acceso de los agentes humanitarios, facilitando la entrada del Programa Mundial de Alimentos y asegurando la protección de los trabajadores humanitarios, entre otras cosas, y exhorta a la comunidad internacional, los Estados y los organismos de las Naciones Unidas a que apoyen esta importante iniciativa, ya que la situación humanitaria de la República Bolivariana de Venezuela sigue siendo una de las que menos financiación recibe en el mundo;

8. Reconoce los progresos realizados, así como los retos y las dificultades que siguen obstaculizando la realización de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, exhorta al Gobierno a que cumpla sus obligaciones de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos y a que coopere plenamente con la Oficina del Alto Comisionado, los procedimientos especiales y los mecanismos del Consejo de Derechos Humanos y los órganos creados en virtud de tratados, y mantenga su compromiso con ellos, y exhorta a los Estados y las organizaciones internacionales a que presten apoyo a la República Bolivariana de Venezuela a ese respecto;

9. Toma nota del llamamiento de la Alta Comisionada a que se levanten las sanciones económicas a fin de facilitar la asignación de recursos durante la pandemia e insta a los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar unilateralmente medidas económicas, financieras o comerciales que no sean compatibles con el derecho internacional y la Carta de las Naciones Unidas;

10. Insta a las autoridades venezolanas a que adopten todas las medidas necesarias para garantizar el pleno disfrute de los derechos sociales y económicos, incluidos, entre otros, los derechos a la alimentación, al agua y al más alto nivel posible de salud física y mental, incluido el acceso a medicamentos esenciales y servicios de atención de la salud, sin discriminación de ningún tipo;

11. Exhorta a las autoridades venezolanas a que preserven el espacio democrático y cívico del país, respetando, protegiendo y haciendo efectivos los derechos civiles y políticos, incluidas las libertades de opinión y de expresión, de reunión pacífica y de asociación, especialmente en el período previo a las elecciones, para asegurar la plena rendición de cuentas de los autores de violaciones de los derechos humanos y garantizar justicia para las víctimas;

12. Exhorta también a las autoridades venezolanas a que, de conformidad con el derecho constitucional venezolano y las normas internacionales, sigan poniendo en libertad a todas las personas presuntamente privadas de libertad de manera ilegal o arbitraria;

13. Alienta tanto al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela como a la oposición a que avancen por la senda del diálogo político genuino a fin de alcanzar una solución pacífica, democrática y constitucional que conduzca al pleno respeto, la protección y el ejercicio efectivo de los derechos humanos en el país;

14. Pide a la Alta Comisionada que siga prestando a la República Bolivariana de Venezuela la cooperación técnica y el apoyo necesarios para que pueda cumplir sus obligaciones y compromisos en materia de derechos humanos, entre otras vías, mediante el fortalecimiento del sistema de justicia y los mecanismos nacionales de protección;

15. Pide también a la Alta Comisionada que siga colaborando con la República Bolivariana de Venezuela para hacer frente a la situación de los derechos humanos en el país y prestar apoyo sustantivo en forma de asistencia técnica y fomento de la capacidad, y que presente al Consejo de Derechos Humanos, en su 46º período de sesiones, información actualizada en forma oral sobre la situación de los derechos humanos en el país, especialmente sobre la aplicación de las recomendaciones recogidas en su informe3 , y prepare un informe escrito completo sobre la situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela, para presentarlo al Consejo en su 48º período de sesiones;

16. Pide que se proporcionen a la Oficina del Alto Comisionado, en Ginebra y en la República Bolivariana de Venezuela, los recursos necesarios para cumplir el mandato previsto en la carta de entendimiento renovada firmada el 14 de septiembre de 2020.

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