(Caracas, 30.04.2019. Proiuris). A través del análisis de cien minutas o reportes policiales filtrados a la prensa, Proiuris determinó que 85% de los presuntos enfrentamientos entre delincuentes y funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado no son debidamente notificados ni investigados por el Ministerio Público, de modo que los eventuales excesos en el uso de la fuerza pública quedan impunes. Los escuetos documentos que se “filtran” a la prensa se convierten en inapelables sentencias de muertes.
Fueron cien procedimientos ejecutados entre el 1° de enero y el 31 de julio de 2018 , en los cuales se usan los eufemismos “abatido”, “neutralizado”, “dado de baja” o “caído”. 171 personas fueron asesinadas, pero formalmente las muertes no se registraron como homicidios sino como casos de “resistencia a la autoridad”. 168 eran hombres y 3 mujeres; dos menores de edad. Los casos de 139 fallecidos no están en manos de la Fiscalía y la posibilidad de investigar, juzgar y sancionar atropellos cometidos por policías y militares es nula.
La investigadora del Centro de Estudios del Desarrollo de la Universidad Central de Venezuela Nidia Ruiz advierte: “Cuando se incorporan a la vida civil estas expresiones de los militares estamos aceptando que las cosas no se llamen por su nombre, en este caso homicidios; estamos aceptando la dominación. Si aceptamos las máscaras, estamos aceptando lo que tratan de cubrir. Es un deber ciudadano oponerse a la militarización del lenguaje político con el deliberado propósito de encubrir delitos”.
La identidad de 82 ciudadanos no fue suministrada, pero sí sus presuntos alias. El criminólogo Kéymer Ávila considera que ello corresponde a una lógica de aniquilamiento físico y, además, simbólico de quienes se estigmatizan como escorias, de modo que poco importan sus nombres, sus rostros y sus historias.
Ávila usa la categoría “periodismo incorporado”, para advertir el riesgo de que los comunicadores sociales se limiten a reproducir las versiones oficiales y, de esa forma, legitimen la violencia estatal. La psicóloga social Magaly Huggins agrega: “Lo peor que puede pasar es que los comunicadores sociales contribuyan a crear una sociedad de súbditos”.
A 79% de las víctimas no se les precisó la edad. Sin embargo, la mayor cantidad de fallecidos tenían entre 18 y 34 años de edad, lo cual coincide con otras aproximaciones a las ejecuciones extrajudiciales en Venezuela que indican que la mayoría de las víctimas son hombres jóvenes de sectores pobres de la población.
En los supuestos enfrentamientos todos los presuntos delincuentes resultaron muertos, mientras que en solo 4 de 100 procedimientos hubo un total de 5 funcionarios policiales heridos, con heridas leves; ninguno falleció.
Funcionarios de las Fuerzas de Acciones Especiales de la Policía Nacional Bolivariana (FAES) fueron los causantes de la muerte de 108 personas. En segundo lugar figura el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) con 31 fallecimientos.
En el análisis realizado por Proiuris destaca la relación en términos de mortalidad entre presuntos delincuentes asesinados y policías y militares. El índice de letalidad policial es 171 a 0. Solo cinco funcionarios resultaron heridos y, en definitiva, todos quedaron fuera de peligro.
98 víctimas (56,32%) de un total de 171 no fueron llevadas a centros hospitalarios, luego de que fueran heridas en los presuntos enfrentamientos.
En apenas 16 de los documentos analizados (29% de los fallecidos) se especifica el tipo de heridas causadas a los fallecidos y en qué lugar del cuerpo las sufrieron. Sin embargo, se admitió que a 12 personas los policías o militares dieron muerte por impactos de bala en el tórax.
El numeral 1 del artículo 70 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de la Policía Nacional establece: “El nivel del uso de la fuerza a aplicar está determinado por la conducta de la persona y no por la predisposición del funcionario o funcionaria”.
“En ningún momento debe haber daño físico innecesario, ni maltratos morales a las personas objeto de la acción policial, ni emplearse la fuerza como forma de castigo directo”, se estipula en el numeral 5 del artículo 7 de la referida ley.
Los policías, al plasmar los hechos en las minutas y reportes, suelen afirman que el victimario tenía una actitud sospechosa, “por lo que procedieron a la imperiosa labor de hacerle frente y comenzar un enfrentamiento”, se indica en uno de los documentos analizados. No se explica si los oficiales aplicaron el código que los obliga a agotar mecanismos de persuasión para aprehender a los presuntos agresores.
Más que minutas, historias
La ejecución extrajudicial no está tipificada como delito en el país, pero los tratados y convenios internacionales suscritos por el Estado venezolano imponen la obligación de emplear todos los mecanismos legales disponibles para investigar este tipo de hechos.
Las dificultades para que los familiares de los fallecidos, las víctimas sobrevivientes, puedan impulsar las investigaciones comienzan con los obstáculos para el acceso a los expedientes. Aun así, hay quienes no sucumben ante estos mecanismos de impunidad, pues el dolor por la pérdida y la legítima aspiración de justicia son más fuertes.
Proiuris se aproximó a tres de estas familias y, además de escucharlas, les proporcionó asistencia jurídica. En las historias que integran este reportaje especial se reivindican las voces de Liliana Zerpa, Thaína Molina y Rosa Ángela Justiniano (Yoya), tres madres dispuestas a refutar injustas sentencias de muerte.
Lilliana Zerpa está convencida de que su hijo Gregody Andrian Mijares Zerpa, de 17 años de edad, no murió al batirse a tiros con funcionarios del Cicpc, sino que ellos lo asesinaron dentro de su casa. Asegura que uno de los policías responsables le confesó: “Discúlpenos señora. Se nos fue de las manos. Nos equivocamos”. La madre formalizó la denuncia ante el Ministerio Público y transcurridos seis meses todavía no hay investigación, no hay juicio, no hay sanción. Desde hace cuatro años los duelos se le han superpuesto. En agosto de 2014 el mayor de sus hijos, de 20 años, fue asesinado en otro supuesto enfrentamiento con la PNB; apenas cuatro meses después perdió a otro adolescente de 17 años, supuestamente a manos de delincuentes con quienes tenía rencillas.
Testigos aseguran que Wilfreiber Leandro Campos Molina, de 17 años de edad, fue detenido por funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana durante los disturbios que ocurrieron en Los Próceres, el 17 de febrero de 2018, durante la celebración de la Octavita de Carnaval. Extrañamente, los captores lo habrían trasladado al interior de la estación del Metro Los Símbolos. Estuvo desaparecido durante cinco días y, extrañamente, su cadáver fue encontrado en los túneles del subterráneo cerca de la estación El Valle. “No sé cómo vivir con esto, pero tengo que seguir. Los primeros días pedí permiso en el trabajo, pero regresé. No puedo abandonar a los niños del pre escolar, no puedo dejar a esos niños sin una maestra. Mi hijo está muerto, pero no puedo morir yo”, se dice a sí misma Thaína Molina, la madre del joven asesinado.
El 15 de febrero de 2018, Luis Alberto Rodríguez Justiniano fue asesinado en un presunto enfrentamiento contra funcionarios de la Fuerza de Acciones Especiales de la Policía Nacional Bolivariana. Un pelotón irrumpió en el barrio Las Cumbres, en Mamera, para vengar la muerte de dos integrantes de ese cuerpo de seguridad que había ocurrido ese mismo día. “Resistencia a la autoridad” fue la versión oficial, la cual es refutada por la familia de Rodríguez Justiniano con un argumento simple: durante cinco horas estuvo sometido y esposado, y así lo sacaron de su residencia. Sola, con 67 años de edad y un duelo que no la deja dormir, Yoya, la madre, va y viene del Ministerio Público para que el asesinato de su hijo no quede impune.
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