La figura del patriota cooperante aparece en procesos contra personas de la oposición: son testimonios de anónimos que no tienen ninguna base jurídica, pero son aceptados por jueces y fiscales. Por Oscar Medina
El Universal (29.03.2015) La primera víctima mortal de una operación policial basada en información suministrada por patriotas cooperantes fue una agente del Sebin. Víctima indirecta, claro está, pero víctima al fin: el 7 de marzo del 2014 en vehículos sin identificación visible se llevaron a la fuerza a dos jóvenes que caminaban en las inmediaciones de una avenida de Los Palos Grandes, en Caracas. Es una historia conocida: la Policía de Chacao atendió lo que se interpretó en el momento como un doble secuestro y tras una persecución resultó muerta la funcionaria Glidis Karelis Chacón.
Ese fue el lamentable desenlace de una acción que, según las actas policiales, comenzó con datos obtenidos a través de colaboradores anónimos que informaron al Sebin de que en un edificio de la segunda avenida de la urbanización se reunirían supuestos líderes “guarimberos” a organizar protestas callejeras.
El segundo fallecido en un caso que involucra a denunciantes anónimos es el de Rodolfo González, a quien se le conocía como “El Aviador”. Su abogado, Joel García, ha explicado públicamente que el procedimiento en su contra estuvo sustentado en señalamientos hechos por un patriota cooperante. Esa información condujo a un allanamiento en su residencia el 26 de abril de 2014 y terminó en una acusación por asociación para delinquir, tenencia de explosivos y tráfico de armas de fuego. El entonces ministro de Interior, Miguel Rodríguez Torres lo presentó como “articulador logístico” de las manifestaciones en el Municipio Chacao y lo vinculó a un grupo de figuras de la oposición y a líderes estudiantiles. González, de 64 años, fue encontrado muerto -por suicidio- en su celda del Sebin el 12 de marzo de 2015.
Entre los mencionados por Rodríguez Torres durante la rueda de prensa en la que informó sobre la captura de González, también estaba Rosmit Mantilla, dirigente del partido Voluntad Popular y activista por los derechos de las comunidades LGBT. Mantilla, estudiante de la Universidad Santa María, fue señalado por un acusador sin nombre. El Foro por la Vida presentó su historia ante el Comité contra la Tortura: “Luego de que un “Patriota cooperante” le informara presuntamente al gobierno venezolano que Rosmit Mantilla había recibido dinero de la empresa GeoFenix para fomentar la colocación de barricadas en el marco de las protestas, se solicita la emisión de una orden de allanamiento en su residencia. Esta es realizada por el Servicio Bolivariano de Inteligencia (SEBIN) en la madrugada del día 2 de mayo. Durante el allanamiento, Mantilla denuncia que los funcionarios dijeron haber encontrado en su residencia unos sobres de dinero que no le pertenecían, y por ello es detenido, a pesar de que no había orden de detención en su contra”.
En octubre de 2014 su defensor Omar Mora Tosta declaró a El Nacional: “Como se recordará Rosmit está detenido por el supuesto testimonio de un patriota cooperante que dice que él es la persona que tenía el dinero para las guarimbas, en base a este chisme este muchacho está detenido ilegalmente y esperando que avance su proceso”.
Y también dijo: “No ha aparecido ni aparecerá el patriota cooperante, esto es un cuento, la persona no existe. En el expediente solo está el patriota cooperante y este muchacho está detenido por una fábula o una fantasía y privado de libertad con un alegato falso. Rosmit es inocente, es estudiante, con futuro que debería estar en su aula de clase”.
Estos son algunos de los casos. Hay más. Una idea de la magnitud de la situación se encuentra en el remitido público que hizo el Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes el 26 de mayo del año pasado: “Observamos con preocupación la ola de citaciones a ciudadanos que se ha generado durante las últimas semanas, siendo llamados a comparecer ante la Fiscalía en calidad de testigos sobre los hechos ocurridos en la ciudad de Mérida durante los últimos meses. Son alrededor de 200 citaciones y muchos de estos ciudadanos son universitarios. En la mayoría de los casos se ha mencionado la figura del llamado “patriota cooperante” como fuente de la información que da pie a la citación”.
Desde la sombra
El término patriota cooperante es de reciente data. Quizás sea una “evolución” del despectivo concepto de “sapo” al que remitió la Ley del Sistema Nacional de Inteligencia y Contrainteligencia que fue vetada por el propio Presidente Hugo Chávez y que suponía la instauración de un marco en el que todos los ciudadanos estaban obligados a ser delatores.
La figura de este informante sin identidad se ha popularizado especialmente gracias al programa de televisión que conduce el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello. Apoyado en “patriotas” el diputado ventila asuntos referidos a la actividad de personajes de la oposición sin ofrecer pruebas más allá de lo dicho por alguien desde el anonimato.
Estos colaboradores que alimentan el guión de Con el mazo dando, le funcionan a Cabello hasta para hacer revelaciones de este tipo, según reseña del Correo del Orinoco: “El ‘patriota cooperante Mundo’ infoma sobre la implementación de una moneda virtual llamada Bitcoin presentada como una alternativa para evadir el control cambiario, los que la impulsan son capitalistas que están detrás de la guerra económica, asegura que con la moneda pueden hacer transacciones, adquirir bienes, e intercambiarla a cualquier divisa”.
Referencias sobre este tipo de personajes hay unas cuantas y no remiten precisamente a lo mejor de la historia contemporánea. La organización civil Provea aporta una más cercana: “inspirados en la política de ‘seguridad democrática’ del ex presidente colombiano Álvaro Uribe Vélez, abren el camino para que los ciudadanos se conviertan en delatores y dejan abierta la posibilidad para que cualquiera acuse a otro sin ningún tipo de prueba”.
El Foro por la Vida en su informe al Comité contra la Tortura también hace una definición: “Es importante destacar que el ‘Patriota cooperante’ es una nueva figura fuera del ámbito de la ley, asociada a la Ley contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorismo, que contempla darle legalidad a supuestos informantes quienes, en condición de anonimato, ‘cooperan’ con los cuerpos de investigación, denunciando a quienes ellos consideren que están cometiendo delitos que, según alegan, pudieran afectar la estabilidad de las instituciones del Estado”.
¿Qué los justifica?
“La nomenclatura ‘patriota cooperante’ es de creación reciente y más de uso político”, explica Magaly Vásquez González, profesora de Derecho Penal y directora general de postgrado de la Universidad Católica Andrés Bello.
“Esa figura no está contemplada en la legislación venezolana”, advierte: “Pero lo grave es que en el ámbito judicial no se controle a esta figura y que los jueces la acepten. Uno sabe que un político puede decir cualquier cosa, cualquier barbaridad, pero los fiscales y jueces sí están obligados a saber de Derecho y no pueden darle validez a procedimientos que violen derechos y garantías”.
“La definición de patriota cooperante no existe en el ordenamiento jurídico, por tanto, no puede ser tomado como legítimo dentro de un proceso judicial”, apunta Katiuska González, abogada miembro del Foro Penal Venezolano.
“Los testimonios de patriotas cooperantes son utilizados por los fiscales del Ministerio Público como fundamento de acusaciones, pero esas declaraciones no han sido ratificadas a través de ningún medio probatorio. No hay testigos ni pruebas que soporten lo dicho por los patriotas cooperantes”, explica González: “En la generalidad de los casos han sido dictadas privativas de libertad en contra de los imputados tomando solo como base las declaraciones de patriotas cooperantes, quienes no aparecen identificados en los expedientes y cuya existencia es dudosa”.
Magaly Vásquez González hace una aclaratoria elemental: la Constitución prohibe el anonimato. Luego, está el debido proceso que la Constitución ordena respetar y que en el mismo Artículo 49 también deja algo muy claro: “Serán nulas las pruebas obtenidas mediante violación del debido proceso”. La profesora universitaria añade lo que en el oficio se conoce como “licitud de la prueba”, es decir: el hecho de que “los elementos de convicción deben ser obtenidos por medios lícitos”.
Y aquí entra el razonamiento: “Si la figura del patriota cooperante constituye un procedimiento ilícito nada que provenga de ella puede ser lícito. Pero además, se está condenando a personas sobre la base de un medio inconstitucional”.
“¿Cómo queda el derecho a la defensa de la persona señalada”, se pregunta: “El derecho a la defensa establece la posibilidad de controlar la prueba, de contrastarla y de confrontar al testigo. ¿Cómo se sabe si ese patriota existe? Aquí están prohibidos los jueces sin rostro, entonces cómo vamos a permitir a testigos sin rostro. Tiene sentido que se proteja a testigos en casos particulares, pero no que se presenten como anónimos. Para eso existen mecanismos. Pero el patriota cooperante ni comparece al juicio ni declara en presencia del juez. Eso también afecta a lo que se conoce como principio de inmediación, que es fundamental en el Derecho Penal, y que consiste en que el juez tiene la obligación de recibir las pruebas de manera directa”.
La Ley contra la Delincuencia Organizada contempla la existencia de “agentes encubiertos” pero regula su actuación a la aprobación previa de un tribunal y solo en casos de investigaciones por terrorismo y delincuencia organizada: “El Cicpc solicita una orden y el tribunal autoriza”, explica Katiuska González: “Incluso en estos casos al final de la investigación los agentes no deben permanecer en el anonimato”.
Observando el perfil de las situaciones con “patriotas” como protagonistas, Vásquez llega a una conclusión: “Todos son hechos vinculados a asuntos políticos. La del patriota cooperante es una figura que no es jurídica, sino política”.
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