((Washington D.C, 30.05.2019. CIDH). El Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre Derechos de los Migrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el Sr. Ahmadou Tall, Presidente del Comité de Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); el Sr. Felipe González Morales, Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes de la ONU; la Sra. Agnes Callamard, Relatora Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias de la ONU; y el Presidente Relator del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU, Bernard Duhaime, expresan su profunda preocupación por la desaparición de migrantes venezolanos, después de que el 24 de abril de 2019 se volcase la embarcación Jhonnaly José, que partió desde Güiria, Venezuela, con destino a Trinidad y Tobago. La CIDH urge a los Estados de Trinidad y Tobago y Venezuela a adoptar las medidas necesarias para coordinar operaciones de búsqueda y rescate, así como la puesta en marcha de investigación y protocolos forenses para la identificación y localización de personas fallecidas.
El Ministro de Seguridad Nacional de Trinidad y Tobago informó que cuatro personas fueron rescatadas y, hasta el momento, hay 21 desaparecidos, entre ellos, mujeres y niños. Según los testimonios públicos de los sobrevivientes, estas personas tuvieron que mantenerse aferradas a un bidón de plástico durante un día y medio para salvar sus vidas, y en algunos casos, nadaron cerca de ocho kilómetros para llegar a las costas de la isla venezolana de Patos.
Los familiares de los migrantes desaparecidos manifestaron que tanto las autoridades trinitenses como las venezolanas han emitido información contradictoria acerca del número de personas que se encontraban a bordo del barco o la cifra exacta de cuántas de estas fueron rescatadas. Asimismo, señalaron la presencia de varias falencias en las acciones de búsqueda y rescate. De hecho, existe desinformación sobre las personas encontradas con vida, puesto que medios de comunicación han informado el rescate de al menos 9 personas, quienes fueron posteriormente trasladas a un hospital en Güiria, Venezuela.
El relator de la CIDH y los expertos de Naciones Unidas observan con preocupación que este naufragio de migrantes y personas con necesidades de protección internacional venezolanas no es el primero que se produce en el Caribe. El 11 de enero de 2019, también se registró el hundimiento de una embarcación que trasladaba a unas 30 personas venezolanas que se dirigían a la isla de Curazao, de las cuales cuatro murieron y las demás no fueron encontradas de inmediato.
De acuerdo con cifras de la Plataforma Regional de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela, coordinada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en abril de 2019, había más de 3.7 millones de refugiados y migrantes de Venezuela viviendo en el extranjero, de estos más de 3 millones en países de Latinoamérica y el Caribe. Entre 2014 y 2018, cerca 414,570 solicitudes de asilo han sido presentadas por personas venezolanas, y más de 255,448 tan sólo en 2018, al tiempo que los sistemas para el reconocimiento de la condición de refugiado se encuentran excedidos. Ésta está siendo la principal crisis de migración forzada que se ha registrado en la región y una de las mayores a nivel mundial en la actualidad. La migración de personas venezolanas que se ha venido dando en los últimos años está relacionada con la situación de las graves y masivas violaciones a los derechos humanos que tienen lugar en Venezuela, así como la situación de la violencia, inseguridad, falta de acceso a atención médica, alimentos y servicios básicos.
El Comisionado Luis Ernesto Vargas Silva, Relator sobre los Derechos de los Migrantes de la CIDH, declaró que “este trágico naufragio en el Mar Caribe y las desapariciones de las personas que iban en la embarcación son una muestra más del nivel de desesperación que a diario enfrentan las personas venezolanas, quienes por diferentes causas se ven forzadas a migrar de sus hogares y a afrontar peligros extremos durante sus recorridos a otros países para buscar sobrevivir”. Añadió que “Venezuela y Trinidad y Tobago, como Estados que hacían parte de la ruta migratoria de estas personas, deben adoptar medidas dirigidas a prevenir que estos hechos se repitan, proveyendo canales regulares, ordenados y seguros para la migración. Las personas venezolanas no pueden continuar siendo expuestas a condiciones que incrementan su situación de vulnerabilidad y seguir siendo víctimas de más violaciones a sus derechos humanos. Se necesita con urgencia la pronta adopción de mecanismos de cooperación eficaces entre Trinidad y Tobago y Venezuela para ubicar a las víctimas de forma inmediata”.
El Relator Especial sobre derechos humanos de los migrantes de la ONU, Felipe González Morales, señaló, a su vez, que “conforme al Derecho Internacional es indispensable que Venezuela y Trinidad y Tobago emprendan una investigación a fondo para esclarecer lo sucedido y establecer las responsabilidades, de manera que tragedias como la ocurrida no se repitan.” El Presidente del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW, por sus siglas en inglés), Ahmadou Tall, señaló que “los Estados involucrados deben desarrollar mecanismos de búsqueda, así como la notificación ágil a los familiares de las personas migrantes desaparecidas, con un solo procedimiento que facilite la interposición de denuncias, y si es el caso, se proceda con la repatriación y entrega de restos”.
El Presidente Relator del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas de la ONU, Bernard Duhaime, enfatizó que los métodos establecidos para la búsqueda de personas desaparecidas deben ser aplicados, tal como lo señaló el Grupo en su informe temático acerca de las desapariciones forzadas en el contexto de la migración. “Los Estados tienen la obligación de hacer cuanto esté en sus manos para localizar inmediatamente a las víctimas, así como cooperar entre ellos con ese fin. En caso de presunción de fallecimiento, el Estado debe buscar los restos, identificarlos y restituirlos dignamente a los familiares,” afirmó Duhaime.
Ante la situación de las personas migrantes venezolanas que huyen por vía marítima como consecuencia de diversas formas de violencia o en busca de mejores condiciones de vida, la CIDH y los expertos de Naciones Unidas urgen a los Estados establecer mecanismos para fortalecer y coordinar operaciones de búsqueda y rescate, investigación y protocolos forenses, tratamiento digno de los restos de fallecidos, identificación y localización de familias mediante el intercambio seguro de información ante mortem, post mortem y ADN. De igual manera, el relator de la CIDH y los expertos de Naciones Unidas observan que se requieren medidas urgentes para asegurar la participación efectiva de los familiares y allegados de las personas desaparecidas, así como la implementación de acciones dirigidas a brindarles información suficiente sobre los avances y resultados de las búsquedas y la asistencia que requieran.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.
El Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares monitorea la adhesión de los Estados partes a la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. El Comité está compuesto por 14 miembros que son expertos independientes en derechos humanos provenientes de todo el mundo, que sirven a título personal y no como representantes de los Estados partes.
El Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias está compuesto por cinco expertos independientes de todas las regiones del mundo. El Grupo de Trabajo fue establecido por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en 1980 para ayudar a las familias a determinar la suerte y el paradero de los familiares desaparecidos. Se esfuerza por establecer un canal de comunicación entre las familias y los gobiernos correspondientes, para garantizar que se investiguen los casos individuales, con el objetivo de aclarar el paradero de las personas que, desaparecidas, se encuentran fuera de la protección de la ley. El Grupo de Trabajo continúa abordando casos de desapariciones hasta que se resuelvan. El Grupo de Trabajo también presta asistencia en la implementación por los Estados de la Declaración de las Naciones Unidas sobre la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
FELIPE GONZÁLEZ MORALES es el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos de los Migrantes. El mandato del Relator Especial sobre los Derechos Humanos de los Migrantes fue creado en 1999 por la Comisión de Derechos Humanos, de conformidad con la resolución 1999/44. Desde entonces, el mandato del Relator Especial se ha prorrogado mediante las resoluciones 2002/62 y 2005/47 de la Comisión de Derechos Humanos y las resoluciones 8/10, 17/12, 26/19 y 34/21 del Consejo de Derechos Humanos durante un período de tiempo. de tres años. El mandato del Relator Especial abarca a todos los países, independientemente de si un Estado ha ratificado la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, del 18 de diciembre de 1990.
AGNES CALLAMARD es la Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias. La Comisión de Derechos Humanos, en su resolución 1992/72, renovó el mandato del Relator Especial y amplió el título del mandato para incluir ejecuciones «extrajudiciales» así como «sumarias o arbitrarias». Este cambio indica que los miembros de la Comisión han adoptado un enfoque más amplio del mandato sobre las ejecuciones para incluir todas las violaciones del derecho a la vida garantizadas por un gran número de instrumentos internacionales de derechos humanos. En su última resolución 35/15 sobre el mandato del Relator Especial sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias de 22 de junio de 2017, el Consejo de Derechos Humanos renovó el mandato del Relator Especial por otros tres años. El mandato del Relator Especial abarca a todos los países, independientemente de si un Estado ha ratificado los convenios internacionales pertinentes.
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