(Caracas, 05.12.2108. Espacio Público). Las organizaciones que suscriben el presente comunicado rechazamos la detención arbitraria del periodista alemán Billy Six, así como su enjuiciamiento en un tribunal militar, hecho que viola las garantías de la libertad personal, el debido proceso, y a una legítima defensa. Esta detención pone en riesgo su integridad física y mental en un centro de detención que no cumple las condiciones mínimas de reclusión.

El 17 de noviembre, el periodista Billy Six, fue detenido en la península de Paraguaná, en el estado Falcón, al norte de Venezuela. Funcionarios de inteligencia lo trasladaron, sin orden judicial, a la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), El Helicoide, en la ciudad de Caracas. Fue imputado por los delitos de rebelión y espionaje ante un tribunal militar presuntamente por fotografiar “muy cerca” a Nicolás Maduro.

Six es corresponsal de guerra. En 2012 fue detenido en Siria; el gobierno alegó que el comunicador entró ilegalmente al país. Desde el inicio de la guerra civil, Siria es uno de los países más peligrosos para ejercer el periodismo.

El periodista había entrado a Venezuela desde Colombia, por la frontera desde la zona de Maicao donde prestó su teléfono a varias personas que iban en el transporte público; luego de la detención, estas personas fueron llamadas a declarar en calidad de testigo sobre su vínculo con el periodista.

Billy Six se encontraba en Venezuela para investigar actividades de narcotráfico, contrabando de combustible y material estratégico, trata de personas y el éxodo hacia el Caribe, a propósito de la crisis social y económica que atraviesa el país, según información periodística. Hace cinco meses publicó un reportaje audiovisual sobre la migración venezolana.

Las organizaciones firmantes rechazamos rotundamente el enjuiciamiento de personas naturales por la jurisdicción militar, ya que ésta no es aplicable a civiles. Estos tribunales no gozan de las garantías fundamentales de la judicatura, como son la autonomía, independencia e imparcialidad; todo ello es violatorio del derecho al debido proceso, establecido en el artículo 49 de la Constitución Nacional.

El Código Orgánico de Justicia Militar establece en su artículo 28 la vinculación de la jurisdicción militar con el Poder Ejecutivo. Esta dependencia viola el principio de separación de poderes y evidencia la falta de independencia por parte de los jueces que conforman esta jurisdicción. Este criterio fue adoptado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Castillo Petruzzi vs. Perú en el cual un civil fue procesado por un delito de naturaleza militar ante un tribunal castrense.

Rechazamos que el Estado venezolano insista en aplicar la jurisdicción militar a civiles, en abierta violación de la legislación nacional y sus obligaciones internacionales.

La detención arbitraria y el enjuiciamiento en tribunales militares revela nuevamente una lógica represiva contra la búsqueda y difusión de información, ideas u opiniones que cuestionan el discurso oficial y que, en consecuencia, revele detalles sobre la Emergencia Humanitaria Compleja que atraviesa el país.

Rechazamos que se intente criminalizar la práctica periodística, en especial en un contexto crítico, donde la desinformación es promovida a través de las agresiones, ataques y amenazas a la labor reporteril y medios de comunicación nacionales y extranjeros.

En 2018, al menos ocho periodistas internacionales fueron detenidos o expulsados del país; el año pasado, diez corresponsales extranjeros fueron detenidos mientras realizaban coberturas, en particular sobre temas asociados a la corrupción, la escasez de alimentos, presos por razones políticas, o manifestaciones opositoras.

Ante ausencia de garantías de la libertad personal, el debido proceso y en defensa del legítimo derecho a la libertad de expresión, exigimos:

  • Al Estado venezolano, la liberación inmediata de Six ante la arbitrariedad del procedimiento al que está sometido; asimismo, que garantice su integridad y restituya los derechos violentados durante su reclusión.
  • La difusión de información sobre el caso tanto por parte de las autoridades venezolanas y las representaciones diplomáticas encargadas, en razón del carácter público de los expedientes, así como de la defensa de los derechos humanos.
  • Exhortamos a los organismos internacionales y multilaterales de protección de derechos humanos que activen los mecanismos necesarios de cara a la denuncia y llamado a la restitución de las garantías fundamentales de Billy Six.

Suscriben

Acceso a la Justicia
Caleidoscopio Humano
Centro para la Paz y los DDHH UCV
Civilis Derechos Humanos
Codhez – Comisión para los Derechos Humanos del Estado Zulia
Colegio Nacional de Periodistas
Comisión Nacional de Ddhh de la Federación de Colegios de Abogados de Venezuela del estado Tachira
Comité de derechos humanos de la guajira.
Espacio Público
Expresión Libre
IPYS Venezuela
Laboratorio de Paz
Movimiento Ciudadano Dale Letra
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
Observatorio Global de Comunicacion y Democracia
Promoción Educación y Defensa en DDHH (PROMEDEHUM)
Provea
Red de Activistas Ciudadanos por los Derechos Humanos

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