(Washington DC, 07.04.2021. CIDH). En la misma fecha que se conmemora el Día Mundial de la Salud, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publica la Resolución No. 01/21 Las vacunas contra el COVID-19 en el marco de las obligaciones interamericanas de derechos humanos. La CIDH decidió elaborar esta Resolución bajo los auspicios de la Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) y con el apoyo de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión (RELE), en el marco de su Sala de Coordinación para Respuesta Oportuna e Integrada (SACROI COVID-19).

La Resolución responde a la urgencia que se asegure la rápida inmunización en todas las Américas, así como que los Estados pongan la salud pública y los derechos humanos en el centro de sus decisiones y políticas sobre vacunas contra el COVID-19. A tales efectos, establece criterios y recomendaciones para los Estados, con el fin de promover la distribución justa y equitativa de las vacunas, así como de asegurar que todos los procesos de producción, adquisición, distribución y administración de vacunas contra el COVID-19 se den desde un enfoque de derechos humanos, tomando como principal referencia las obligaciones internacionales, y en particular, el marco jurídico aplicable del sistema interamericano de derechos humanos.

Con esta Resolución, la Comisión tiene presente que, a un año del inicio de la pandemia, la inmunización de una masa crítica de la población mundial resulta crucial para controlar la pandemia, enfrentándose un nuevo conjunto de desafíos, que incluyen: nuevas cepas del virus, la competencia mundial por el suministro limitado de dosis o el escepticismo público sobre las vacunas. En esa línea, es imperativo que las vacunas, como un bien público mundial y regional, estén al alcance de todas las personas, con igualdad y sin discriminación, por lo que se debe asegurar su distribución justa y equitativa y, en particular, que resulten accesibles y asequibles para los países de medios y bajos ingresos. La equidad debe ser el componente clave no sólo entre países, sino también dentro de los países para poder poner fin a la fase aguda de la pandemia.

Las recomendaciones contenidas en esta resolución tienen como objetivo contribuir con que los Estados, como principales garantes de los derechos humanos y como responsables de su promoción, protección, y a su vez, otros actores relevantes en el presente contexto, tales como organismos internacionales y empresas, asuman el alcance de sus obligaciones internacionales en el contexto de las decisiones sobre todo el proceso de vacunación, a fin de garantizar los derechos, especialmente los derechos a la salud y a la vida. En esa línea, la Resolución brinda recomendaciones puntuales basadas en los principios de igualdad y no discriminación, dignidad humana, consentimiento informado, acceso a la información, transparencia, combate a la corrupción, cooperación y solidaridad internacional.

La Resolución aborda las principales áreas de preocupación regional y mundial en cuanto a las vacunas contra el COVID-19 haciendo recomendaciones concretas en torno a seis grandes temáticas, a saber: a) distribución y priorización de dosis de vacunas; b) difusión activa de información adecuada y suficiente sobre las vacunas y contrarrestar la desinformación; Derecho al consentimiento previo, libre e informado; c) derecho de acceso a la información, transparencia y combate contra la corrupción; d) empresas y derechos humanos en relación con las vacunas contra el COVID-19; y, f) Cooperación internacional.

«Con esta Resolución, la CIDH busca apoyar los esfuerzos de los Estados americanos para la erradicación del virus en toda la región. Todas las personas deben tener acceso a las vacunas sin discriminación, debiendo priorizarse la inoculación de las personas con mayor riesgo de contagio y a quienes experimentan un mayor riesgo frente a la pandemia». Igualmente, afirmó: «Las recomendaciones contenidas en la resolución son una herramienta para que los Estados puedan generar los mecanismos apropiados que garanticen las vacunas, especialmente a las poblaciones en mayor situación de vulnerabilidad o discriminación histórica», manifestó Antonia Urrejola, presidenta de la CIDH.

«Esta Resolución se basa en que las vacunas contra el COVID-19 son un bien público mundial y regional. Por ello establece que los regímenes de propiedad intelectual deben dejar de ser un obstáculo que impida la producción de vacunas seguras y efectivas para garantizar el acceso universal y equitativo a las mismas, llamando a los Estados y las empresas a cooperar en tal dirección». En igual sentido, indicó: «Debe evitarse el nacionalismo y aislacionismo sanitario, garantizándose que las vacunas lleguen a los países de ingresos medios y bajos y, en particular, a las personas en situación de pobreza y pobreza extrema. Resulta urgente coordinar acciones regionales efectivas basadas en la solidaridad internacional» destacó Soledad García Muñoz, Relatora Especial para los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales.

«La Resolución que hoy se publica completa el conjunto de recomendaciones desarrollado por la CIDH en el contexto de la pandemia, en el marco de la SACROI COVID19. Llamamos a la rápida implementación de las recomendaciones contenidas en la Resolución y quedamos a total disposición de los Estados y la sociedad civil de las Américas para propiciarlo», señaló finalmente, María Claudia Pulido, Secretaria Ejecutiva interina de la Comisión.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

Fuente Oficial: CIDH