(Caracas, 13.07.2016) Este miércoles 13 de Julio de 2016, las organizaciones no gubernamentales Programa Venezolano de Educación Acción en Derechos Humanos (PROVEA), Laboratorio de Paz (LABPAZ), Centro de Justicia y Paz (CEPAZ), y Civilis Derechos Humanos (CIVILIS) Espacio Público (EP), y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH-UCAB), acudimos ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con la finalidad de introducir un recurso de nulidad parcial por inconstitucionalidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra los artículos 35, 38, 39, 40, 41, 42 44, 45, 46, 47, 50, 51, 52, 76, 82, 83, 85, 97, 99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105 de la Ley de Registro y Alistamiento para la Defensa Integral de la Nación, publicada en Gaceta Oficial número 40.440, de fecha 25 de junio de 2014, la cual establece la obligatoriedad de la inscripción en el Registro Militar para las personas naturales y jurídicas, las sanciones y consecuencias del no registro, en virtud de que viola los artículos 20, 21, 52, 61, 87, 102 y 134 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; artículos 18, 22 del Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos; artículos 18 y 20 de la declaración Universal de los Derechos Humanos; artículo 22 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
La acción judicial conjunta intentada por las organizaciones no gubernamentales busca revertir los efectos inconstitucionales de la norma, que limita el derecho al libre desenvolvimiento de los venezolanos, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia y de asociación; así como la afectación de los derechos al trabajo y la educación presentes en la citada ley.
Con esta iniciativa se busca anular la obligatoriedad del Registro Militar con preminencia frente al servicio alternativo civil, contraviniendo derechos consagrados en nuestra carta magna.