Foto: El Estimulo

(Caracas 07/04/2017, CivilisDDHH) Por tercera vez consecutiva, la marcha de ciudadanos convocada por diputados de la Asamblea Nacional el día 6 de abril, que inició con una concentración en el Distribuidor Altamira de la Ciudad de Caracas y la cual se dirigió hacia la sede de la Defensoría del Pueblo para exigir al presidente del Consejo Moral Republicano, Tarek Willian Saab, la activación del procedimiento de destitución de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que dictaron las sentencias 155 y 156 con las cuales se dio un golpe de Estado al parlamento venezolano, no pudo llegar a su destino.

Haciendo uso del mismo patrón represivo aplicado en recientes acciones de protesta pacífica, un numeroso contingente de funcionarios de la Policía Nacional Bolivariana y de la Guardia Nacional, cerró el paso a los manifestantes, instalando enormes camiones antimotines con los cuales formaron una barrera que bloqueó completamente los ocho canales de la autopistaFrancisco Fajardo –la mayor de Caracas– por donde circulaba la marcha.

A la acción de no permitir el avance de los manifestantes hacia la Defensoría y que éstos no dieran marcha atrás, siguió una intensa e inmediata represión de las fuerzas de seguridad con gases tóxicos y disparos de perdigones que arrojó un saldo de varios heridos y detenidos. La maniobra forma parte de un patrón de violación a la libertad de reunión pacífica al que toda persona tiene derecho, que consiste en bloquear el acceso a los espacios donde se encuentran las instituciones públicas a las cuales van dirigidos los reclamos y justificar la represión al traspasar la restricción de paso que imponen los funcionarios.

Es parte de este patrón que a su vez las autoridades convoquen contramarchas de adhesión al gobierno en la misma fecha y hora que las convocadas por quienes protestan, para alegar la necesidad del bloqueo. Esta práctica claramente discriminatoria en la que se garantiza a las primeras acceso a las instituciones e incluso apoyo logístico y a las segundas se obstruye y reprime por razones políticas, también tiene como fin controlar el monopolio del ejercicio del derecho, premiando un modelo supuestamente “pacífico” por apoyar al gobierno, en contraposición al que se presume “violento” por el hecho de disentir y al que se castiga severamente.

Desde Civilis Derechos Humanos hemos venido advirtiendo sobre un nuevo aumento de las conductas represivas en el contexto de protestas pacíficas iniciadas el pasado sábado 1 de abril, contrarias a las normas internaciones del derecho suscritas por Venezuela. Los bloqueos de las marchas constituyen actos desproporcionados, contraproducentes y discriminatorios contra las protestas pacíficas e inadmisibles como métodos para el control de orden público en sociedades democráticas.

Los Estados tienen la obligación de permitir la protesta pacífica sin autorización previa y facilitar su ejercicio a todas las personas sin distinción alguna, resguardando la seguridad y los derechos de los manifestantes, y abstenerse de prácticas represivas incluso cuando ocurran hechos violentos, los cuales deben ser individualizados y tratados conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes.