Organizaciones de derechos humanos y centros universitarios de derechos humanos se pronunciaron este jueves sobre los hechos recientes en la Universidad de Los Andes (ULA) (Núcleo Mérida y Núcleo Táchira) y la Universidad Central de Venezuela (UCV) en las que, hechos de violencia, así como decisiones del Poder Judicial han vulnerado el principio de estatutario de autonomía y libertad académica.
Considerando
Que la autonomía universitaria es una condición necesaria para la existencia de las universidades e instituciones de educación superior con la cual tienen la capacidad de establecer su ordenamiento jurídico e institucional conforme a su estructura y funcionamiento, protegiendo sus finalidades, derechos y libertades de la comunidad académica. Este principio se encuentra consagrado en la Constitución Nacional en el artículo 109, en los artículos 7 y 9 de la Ley de Universidades vigente, y en el artículo 13 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Observación Nº 13 al artículo 13 del Pidesc.
Considerando
Que el 25 de enero de 2017 el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado bolivariano de Mérida, a cargo de la jueza (provisoria) Morelba Herrera, declaró procedente medida cautelar, ordenando la suspensión de los efectos de la decisión del Consejo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de Los Andes por la que se designaba al coordinador de un posgrado de esa misma facultad, y ordenó mantener en su cargo al coordinador anterior, bajo amenaza de desacato a la majestad y autoridad del Poder Judicial.
Considerando
Que el 13 de febrero de 2017 el Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado bolivariano de Mérida, a cargo de la jueza (provisoria) Morelba Herrera, notificó a la decana encargada de la Facijup-ULA la admisión de la demanda por vías de hecho y declara procedente la medida de amparo cautelar, interpuesta por el ciudadano Gromiko Urdaneta contra la ULA. Ordenando su reincorporación inmediata al cargo de decano titular de la Facijup-ULA. Y que este acudió a la sede del Decanato de Facijup-ULA a hacer efectiva dicha decisión de forma violenta dañando patrimonio público.
Considerando
Que el profesor Gromiko Urdaneta, según la Consultoría Jurídica ULA, ostenta la condición de jubilado desde el 31/10/2011 (por lo cual la relación laboral está extinta), recurso utilizado para defraudar los intereses de la República Bolivariana de Venezuela y, burlar el cumplimiento de la pena sancionatoria impuesta por la Contraloría General de la República.
Considerando
Que el Consejo Universitario Extraordinario ULA celebrado el 15/02/2017, en función de las recomendaciones de la Consultoría Jurídica ULA Decide ratificar en el cargo a la profesora Aura Morillo conforme a la decisión de dicho cuerpo y de las atribuciones inherentes a este establecidas en la Ley de Universidades y su correspondiente reglamento.
Considerando
Que en el Núcleo Pedro Rincón Gutiérrez de la Universidad de Los Andes (estado Táchira) se han suscitado hechos violentos los días 13, 14 y 15 de febrero de 2017 que, según dirigentes estudiantiles han arrojado alrededor de 30 heridos, uno de ellos de gravedad con herida causada por un perdigonazo alojado entre el tabique y el ojo izquierdo, su estado de salud es muy delicado. Aunado a ello el uso de la fuerza ha sido desproporcionado por parte de los funcionarios de la Policía del estado Táchira y la Policía Nacional Bolivariana, han hecho uso de armas 9 mm, se pudieron contabilizar más de 15 casquillos de este tipo de arma, disparo de perdigones y lanzamiento de bombas lacrimógenas y objetos contundentes (piedras) contra estudiantes y demás ciudadanos. Además de esto, los funcionarios de la Policía del estado Táchira y la Policía Nacional Bolivariana dañaron rejas de la entrada y la infraestructura de la fachada del núcleo con objetos incendiarios, también tumbaron una pared y han ingresado a las instalaciones de manera violenta al Núcleo ULA Táchira, según testimonio de dirigentes estudiantiles, violando flagrantemente la autonomía universitaria.
Considerando
Que el 15/02/2017 se celebró Consejo Universitario Extraordinario en la Universidad Central de Venezuela para tratar la decisión plasmada en sentencia de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia TSJ, expedientes N° AA70-E-2017-00000101, el magistrada ponente: Alfonzo Izaguirre Indira ordenó la suspensión del proceso electoral correspondiente a las elecciones de representantes estudiantiles ante el cogobierno universitario de la Universidad Central de Venezuela para el período 2017-2018, hasta tanto sea decidida la acción de amparo constitucional
Resuelve
1. Hacer un llamado a la comunidad académica nacional para unir esfuerzos y fijar una posición irrestricta ante toda la violencia y decisiones injustas que atentan contra el principio estatutario de la autonomía universitaria y la libertad académica.
2. Instar al Poder Judicial a revocar las decisiones tomadas contra la Universidad de Los Andes por la jueza provisoria Morelba Hernández; y en el caso de la Universidad Central de Venezuela por la magistrada ponente: Alfonzo Izaguirre Indira, ya que son contrarias a lo establecido en la Constitución Nacional, la Ley de Universidades y el Pidesc, y que vulneran flagrantemente la autonomía universitaria.
3. Instar al señor Hugbel Roa, ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología a pronunciarse objetiva y oportunamente sobre la violación de la autonomía universitaria en ULA y UCV. Y que a su vez inste a las autoridades del Poder Judicial a revocar la medida de las ya nombradas jueza y magistrada, respectivamente, así como también al gobernador del estado Táchira garantice los derechos humanos y respeto a la autonomía.
4. Hacer un llamado ciudadano José Gregorio Vielma Mora, gobernador del estado Táchira, para que inste a las autoridades y funcionarios de la Policía del estado Táchira y Policía Nacional Bolivariana para que estos ajusten sus actuaciones con forme a los principios de proporcionalidad, conveniencia, necesidad y oportunidad establecidos en la Constitución Nacional.
5. Instar a la sociedad civil en general, comunidad internacional y demás organizaciones defensoras y promotoras de los derechos humanos a pronunciarse sobre la violación de la autonomía universitaria en ULA y UCV y unirse en la defensa de la universidad autónoma venezolana.
Suscriben:
Aula Abierta Venezuela
Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes
Comisión de Derechos Humanos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
de la Universidad del Zulia
Centro para la Paz y los Derechos Humanos Padre Luis María Olaso
de la Universidad Central de Venezuela
Comisión para los Derechos Humanos y la Ciudadanía(Codehciu)