(Caracas, 09.11.2023. Acceso a la Justicia). Venezuela no salió bien en el V Examen sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), celebrado entre el 10 y 11 de octubre. Al menos esta es la conclusión a la que se arriba al revisar las conclusiones del proceso.
En el documento, publicado por el Comité de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas (ONU), se acogieron las nueve medidas legislativas, judiciales y administrativas adoptadas por las autoridades nacionales en los últimos años para asegurar el disfrute de garantías como la igualdad, el derecho a ser juzgado por el juez natural o el acceso a la información pública. Sin embargo, las mismas no pudieron compensar las 22 preocupaciones registradas por los expertos de la ONU en otros ámbitos.
En sus observaciones finales, la instancia internacional tomó nota de la decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de derogar el último parágrafo del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar (COJM) que castiga las relaciones sexuales en personas del mismo sexo en el ámbito militar, así como las leyes aprobadas por la Asamblea Nacional (AN) para prevenir el abuso a niños y adolescentes, para promover un enfoque de género y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Interés Público.
Asimismo, saludó la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares.
Sin embargo, lamentó que el Estado, en particular el Poder Judicial, no aplique en el plano interno las disposiciones del PIDCP ni atienda las recomendaciones que le hace el Comité.
Justicia reprobada
El Comité de Derechos Humanos de la ONU afirmó estar «seriamente preocupado» por la situación del Poder Judicial, en particular por los nexos que muchos de sus integrantes tienen con los partidos políticos, empezando por los propios magistrados del TSJ.
Así, 12 de los actuales 20 miembros del máximo juzgado ocuparon cargos ejecutivos o legislativos en los gobiernos de Hugo Chávez y de Nicolás Maduro o militaron en el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), mientras que otro es hermano del secretario general de la intervenida Acción Democrática (AD), lo cual supone el 65 % de los miembros del organismo rector del Poder Judicial.
La instancia también manifestó alarma por el hecho de que la mayoría de los jueces y fiscales del país sigan siendo provisorios; es decir que no se hayan hecho con su cargo mediante los concursos de oposición ordenados por la Constitución.
Durante la evaluación, el segundo vicepresidente del TSJ, magistrado Henry Timaure, pretendió restarle importancia al hecho de que alrededor del 80 % de los más de 2.200 jueces que hay en el país sean provisorios, temporales o accidentales.
«Los jueces suplentes y provisorios tienen los mismos derechos constitucionales, los mismos sueldos y salarios y prestaciones. Todos tienen los mismos derechos y las mismas exigencias», aseveró.
Sin embargo, en la práctica los jueces provisorios no tienen las mismas prerrogativas que los titulares, porque el TSJ los considera de libre nombramiento y remoción y, por lo tanto, los destituye sin procedimiento previo alguno que les garantice su derecho a la defensa. Una situación similar padecen los fiscales y defensores públicos.
Desde el año 2006 el TSJ no celebra concursos de oposición, y aunque en la apertura judicial de 2023 la presidenta del organismo, magistrada Gladys Gutiérrez, prometió que los mismos se reanudarían, ni fijó fecha para ello ni se ha anunciado, hasta el momento, cuándo se celebrarán.
Esto reclamó el Comité en su informe de 13 páginas de extensión:
«El Estado debe tomar medidas inmediatas para asegurar y proteger la plena autonomía, independencia e imparcialidad del Poder Judicial y del Ministerio Público y garantizar el libre ejercicio de sus funciones, sin que se vean sometidos a ningún tipo de presión e injerencia indebidas por parte de los poderes Ejecutivo o Legislativo».
En saco roto
Pese a que tomó nota de las reformas que sufrió el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) para reducir la duración de la detención preventiva, la instancia lamentó que la información que recibió respecto de dichos cambios fue que no se aplican.
Asimismo, demandó de las autoridades tomar medidas en contra de las desapariciones forzadas de corta duración, entre ellas penalizarlas «claramente» en la legislación.
La práctica de aprehender a alguien y no permitirle contactar inmediatamente a sus familiares y abogados y de presentarlo ante los jueces mucho después de las 48 horas dispuestas en la Constitución ha sido denunciada por organizaciones nacionales e internacionales como la Misión Internacional Independiente de Determinación de los Hechos para Venezuela (MIIDHV).
Los intentos del fiscal general Tarek William Saab para que el Comité desestimara esa «mutación» de las desapariciones forzadas resultaron infructuosos.
No más inhabilitaciones
Otro asunto que despertó gran preocupación en el Comité fueron las denuncias sobre restricciones al espacio democrático, en particular el uso de las inhabilitaciones impuestas por la Contraloría General de la República para «impedir que miembros de la oposición se postulen a cargos públicos».
Esta declaración deja en claro que la instancia no le creyó al canciller Yván Gil, cuando aseguró:
«No hay una persona en Venezuela, a menos que haya una decisión de un tribunal, que haya perdido el derecho a elegir o ser electo (…). Ellos [los inhabilitados] pueden participar en una elección, puede elegir o pueden ser electos».
El Comité reclamó de las autoridades que tomen medidas para asegurar elecciones «justas, transparentes, inclusivas y pluralistas» y para ello reclamó «La protección de candidatos de la oposición contra medidas arbitrarias y sin garantías judiciales adecuadas» como las inhabilitaciones que viene imponiendo la Contraloría.
A favor de la sociedad civil
El Comité no solo condenó la persecución que viven los candidatos opositores sino también la sociedad civil organizada en su conjunto. Así, la instancia de la ONU expresó su alarma por «el uso de las leyes y reglamentos para limitar el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales, sindicatos y partidos políticos».
En su informe, el organismo manifestó su inquietud ante «la multiplicidad de registros y requerimientos obligatorios para que las organizaciones de la sociedad civil puedan operar», por considerar que los mismos pueden «representar una restricción indebida al derecho a la libertad de asociación».
Y, por ello, el Comité solicitó a las autoridades derogar o abstenerse de aprobar cualquier norma que pueda obstaculizar el derecho a la asociación.
Y a ti venezolano, ¿cómo te afecta?
El examen del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos corroboró el profundo deterioro institucional y la progresiva regresión democrática sufrida por Venezuela desde la última evaluación en 2015. En el proceso, que incluyó dos medias jornadas de debates, los representantes del Estado lejos de reconocer fallas e identificar oportunidades de mejora intentaron desacreditar a los miembros del Comité.
Consideramos que las observaciones finales publicadas por el Comité representan una hoja de ruta para mejorar la situación de los derechos civiles y políticos en el país, y abogamos por que las autoridades las acojan y las pongan en práctica.
Fuente Oficial: Acceso a la Justicia