(Caracas, 05.05.2022. Cecodap). Las alteraciones del estado de ánimo continúan como el principal motivo de consulta que afecta a los niños, niñas y adolescentes. Durante 2021, el Servicio de Atención Psicológica Crecer sin Violencia ofreció 4.989 consultas y este 4 de mayo presentó la sistematización de datos en el Informe Somos Noticia – Capítulo Salud Mental (2021). Del total de consultas, las alteraciones del estado de ánimo representaron el 39%.

En el año 2021 se recibieron en el Servicio de Atención Psicológica Crecer sin Violencia un total de 1.443 solicitudes en comparación a las 716 solicitudes recibidas en el año 2020, representando un incremento del 200%. Esto se traduce en 4.989 consultas individuales. Saraiba señaló que en 2021, del total,  se beneficiaron 4.910 personas, de las cuales 4.398 fueron atendidas bajo la modalidad de orientaciones y 512 en psicoterapia. 63,9% de las personas atendidas fueron niños, niñas y adolescentes.

Los adolescentes de 12 a 17 años de edad representaron la mayor cantidad de personas atendidas en el Servicio de Atención Psicológica Crecer sin Violencia, con un total de 524 adolescentes (39,2%), seguido por la población entre los 5 y 11  años con un total de 330 niñas y niños (24,7%).

En el informe de Informe Somos Noticia – Capítulo Salud Mental (2021) se realizaron 13 recomendaciones puntuales para el Estado:

  1. Generar una política pública en materia de SMAPS que permita ofrecer una respuesta de calidad que permita mitigar el impacto de la emergencia en la salud mental de las personas.
  2. Generar una política pública específica en materia de SMAPS de NNA, dado que existe evidencia suficiente y contundente que permite identificar a los NNA como los más vulnerables en cuanto a salud mental en el contexto de la emergencia en Venezuela.
  3. Desarrollar programas específicos para la atención de niñas, adolescentes y mujeres frente a las formas específicas de afectación de su salud mental y formas de violencia.
  4. Promover desde la arquitectura humanitaria (incluyendo al sistema de Naciones Unidas y otros actores humanitarios) convocatorias de proyectos regulares y con perspectivas de continuidad para el desarrollo y consecución de programas en SMAPS.
  5. Fortalecer las capacidades del sistema educativo como un actor clave y privilegiado en materia de SMAPS para la prevención, actuación y articulación frente a las necesidades de los NNA.
  6. Promover la creación de servicios de SMAPS dentro del sistema educativo, a fin de facilitar el acceso de NNA y sus familias. Estos servicios deben disponer de protocolos de atención y mecanismos de evaluación que permitan una atención de calidad.
  7. Promover y fortalecer las competencias de los docentes para el autocuidado; teniendo en cuenta que la protección de un docente contribuye de forma significativa a la protección de NNA.
  8. Potenciar la generación de programas y servicios que atiendan a población de los Estados del interior del país en los que existe una restringida o nula oferta de servicios de SMAPS.
  9. Adoptar medidas especiales que permitan garantizar el funcionamiento de servicios de SMAPS especializados en la atención de NNA con condiciones psiquiátricas y trastornos de neurodesarrollo, de acuerdo a protocolos de atención en esta materia conforme a estándares y protocolos bioéticos. Para ello es fundamental incrementar y fortalecer las capacidades de los servicios hospitalarios y públicos. Debe asegurarse el acceso a medicamentos especializados para dicha población.
  10. Fortalecer la capacidad de respuesta del sistema de protección frente a situaciones de violencia y vulneración de derechos. Ello implica incrementar las capacidades operativas, técnicas y financieras de los distintos órganos y servicios que integran el sistema de protección. Es indispensable de programas de atención de acuerdo a los criterios establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Estos programas deben incluir una atención diferenciada de acuerdo a edad, género, sector y territorio que permita ofrecer una atención de calidad.
  11. Desarrollar convenios multisectoriales de formación y extensión con universidades, gremios y agrupaciones científicas que permitan fortalecer las competencias profesionales en el área de salud mental y del sistema de protección.
  12. Garantizar condiciones operacionales y de respeto a las organizaciones de derechos humanos y actores humanitarios que forman parte de la sociedad civil y ofrecen programas y servicios en SMAPS; que en muchos casos constituyen la única alternativa con la que cuentan los NNA y sus familias para hacer frente a sus necesidades psicosociales. La participación de la sociedad civil en la protección de NNA es un derecho, y es un deber del Estado promover, reconocer, acompañar, proteger y facilitar la participación de la sociedad civil.
  13. Publicar y difundir los datos de morbilidad del sistema público de salud que permitan contribuir a dimensionar las necesidades de la población en materia de salud mental. Dichos datos deben ser desagregados, verificables y accesibles. Es una responsabilidad del Estado garantizar un sistema de registro e información para identificar las principales problemáticas que afectan a los NNA.

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