(Caracas, 17.08.2021. Provea). En el año 2020 se agudizó el desmantelamiento de las instituciones del Estado en Venezuela, mediante la toma por la fuerza, por parte del partido de gobierno, de los cargos directivos de la Asamblea Nacional (AN), lo que profundizó la consolidación de un Estado de hecho, al anularse el único poder público legítimo y constitucional que quedaba.
Aún con la nueva directiva en la AN, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) siguió avalando, sin su aprobación, el estado de excepción por emergencia económica del Ejecutivo Nacional, vigente en contra de la Constitución desde enero de 2016, y declaró además constitucional uno nuevo, el de alarma, por causa de la pandemia COVID-19. De hecho, el TSJ mantuvo en sus sentencias la tesis del desacato de la AN, y así en 2020 emitió un total de 26 decisiones, usurpando sus funciones o anulando las emitidas por la AN que desconoció, conformada por unos 100 diputados de oposición, que sesionó a cargo de la directiva presidida por Juan Guaidó, fuera de la sede del Parlamento.
COVID-19: Control social y denegación de justicia
La COVID-19 también fue una oportunidad para el gobierno de facto, para militarizar y policializar aún más la sociedad venezolana; con la excusa de proteger a sus ciudadanos se limitó la circulación entre municipios, lo que dio lugar al aumento de alcabalas y al incremento del poder del funcionario de turno.
Los procesos judiciales estuvieron paralizados por casi 7 meses, dejando a la discrecionalidad de los jueces la continuidad de los casos considerados “urgentes”. Incluso, notarías y registros no funcionaron por varios meses.
A pesar de la interrupción generalizada de los servicios de justicia, la Sala Constitucional (SC) y la Sala Electoral (SE) del TSJ actuaron diligentemente para proteger los intereses del Poder Ejecutivo (PE) al dictar, entre otras, sentencias vinculadas con las elecciones parlamentarias a celebrarse el 06.12.2020, que modificaron el sistema electoral establecido en la Constitución y en las leyes, y que dieron lugar a una oposición a la medida y a un Consejo Nacional Electoral (CNE), designado por el TSJ con dos de sus magistradas como rectoras.
La disidencia política siguió siendo perseguida, así como el ciudadano común, que aun en pandemia ejerció su derecho a la protesta pacífica, como lo documentó el Observatorio Venezolano de Conflictividad Social.
También, fue perseguido personal de salud por informar sobre la COVID-19 y la precaria situación de los hospitales. Además, fue objeto de persecución quien denunciara sobre la corrupción derivada de la escasez de gasolina y la toma de estaciones de servicio por militares y colectivos, que actuaban arbitrariamente y daban preferencia a funcionarios del gobierno de facto o del partido de gobierno para surtirse de combustible. Ni siquiera el personal de salud, sobre todo si pertenecía al sector privado, tuvo acceso, al menos en los primeros meses de la pandemia; tampoco las organizaciones humanitarias ni los enfermos crónicos.
Para desincentivar el ingreso de venezolanos que, por la crisis económica causada por la pandemia en otros países se vieron obligados a regresar al país, el gobierno de facto empezó a calificarlos como “bioterroristas” y creó sitios para su resguardo con condiciones pésimas.
Venezuela bajo la mirada internacional
En 2020 hubo importantes pronunciamientos de la Organización de Naciones Unidas (ONU) sobre el sistema de justicia venezolano y las violaciones a los derechos humanos. Tanto la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH), como la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos sobre la República Bolivariana de Venezuela, hicieron alusión ante el Consejo de Derechos Humanos sobre su profunda preocupación ante las evidencias de tortura, malos tratos, violaciones al debido proceso y detenciones arbitrarias que se han ejecutado de forma sistemática en Venezuela desde 2014, así como sobre la ausencia absoluta de independencia judicial, en especial, del TSJ.
Además, la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos, en su informe del 15 de septiembre, dejó muy claro que el Poder Judicial (PJ), el Ministerio Público (MP) y la Defensoría del Pueblo (DP), han sido agentes fundamentales de la impunidad en el ámbito de las violaciones a los derechos humanos, que no han sido juzgadas en su gran mayoría.
En 2020 también continuó el proceso iniciado por la Oficina de la Fiscal General de la Corte Penal Internacional (OFGCPI) en febrero de 2018, para determinar si en Venezuela se han cometido delitos de lesa humanidad; al respecto, el 14.12.2020 declaró que hay suficientes motivos para creer que así ha sido, por lo menos desde abril de 2017. Además, en esa oportunidad anunció que el caso venezolano ha pasado de la segunda fase del examen preliminar a la tercera.
Por su parte, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas decidió prorrogar el mandato de la Misión Internacional Independiente de determinación de los hechos por dos años más, a fin de continuar con la investigación de las violaciones manifiestas de derechos humanos: ejecuciones extrajudiciales, desapariciones forzadas, detenciones arbitrarias, torturas y tratos crueles, inhumanos o degradantes, incluidas la violencia sexual y de género cometidos desde 2014.
Finalmente, y como en años anteriores, en este período no se pudo recopilar toda la información oficial requerida debido a la omisión de la publicación del Informe Anual del TSJ, del MP y de la DP, así como la Memoria y Cuenta del Ministerio del Poder Popular para Servicios Penitenciarios (MPPSP). En este sentido, Provea realizó una solicitud formal de esa información, sin recibir respuesta hasta la fecha de cierre de este informe.
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